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El Ayuntamiento afirma que no cuenta con personal funcionario suficiente para cubrir las plazas de dirección de la RPT


El Ayuntamiento ha explicado que en la actualidad no cuenta con personal funcionario suficiente para cubrir todas las plazas de dirección de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT), “situación que ha obligado a ocupar de manera provisional determinados puestos, tanto por funcionarios como por personal laboral”. No obstante, aclara que esta situación sólo está previsto mantenerla hasta la culminación del proceso de funcionarización que se espera iniciar el próximo mes de junio e incluso antes, siendo, por tanto, una medida provisional.

El Consistorio quiere dejar claro, por tanto, que la falta de funcionarios con los requisitos exigidos para cubrir determinados puestos es lo que ha provocado que algunos puestos hayan tenido que ser ocupados por laborales. Asimismo, explica que lo que cuestiona la Junta de Andalucía es un aspecto muy concreto de la RPT, provocado precisamente por esta falta de personal funcionario con los requisitos exigidos para ocupar determinados cargos, y no la generalidad del documento.

Ante esta situación y para evitar la paralización del Consistorio -mientras se realiza el proceso de funcionarización-, el Consistorio optó por cubrir determinadas plazas con trabajadores que, cumpliendo los requisitos exigidos para ocupar el cargo, no tienen en la actualidad la condición de funcionario, dejando claro que esto se hace de forma provisional, hasta que no se inicia el mencionado proceso.

El Ayuntamiento además ha iniciado ya los procesos, tras la aprobación en Junta de Gobierno Local, para la convocatoria de los concursos de mérito, cuyos baremos han sido consensuados con los sindicatos, así como para la libre designación. En este sentido, recuerda que el criterio general para todos los puestos de trabajo es el concurso de mérito, quedando sólo la libre designación, como un mecanismo excepcional para cubrir los puestos de naturaleza directiva así como aquellos que impliquen una especial relación de confianza. Igualmente, deja también claro que todo ello se está haciendo conforme a las bases de sus respectivas convocatorias.

El Ayuntamiento asegura que de no haberse cubierto estos puestos con funcionarios y personal laboral se hubiera paralizado en Consistorio al haberse aprobado la RPT de forma definitiva el pasado mes de septiembre.

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Las jubilaciones ‘millonarias’ de los altos cargos de Bomberos, bajo sospecha


La sentencia 337/2010 del Juzgado de lo Laboral número 2 de Sevilla ya estableció un precedente, cuando desestimó la circunstancia de que altos cargos del Consorcio de Bomberos pudieran ser calificados como personal de extincion de incendios. Ahora, la problemática vivida en la provincia vecina se ha trasladado a estas tierras a raíz de una denuncia que han querido poner de relieve fuentes profesionales, advirtiendo de la “presunta estafa” en que a su juicio se estaría incurriendo con el sistema de pensiones de los directivos del Consorcio gaditano. Como consta en el Real Decreto 383/2008, los bomberos tienen derecho a una jubilación anticipada debido a los índices de penosidad en los que desarrollan su trabajo, además de los requerimientos físicos que se exigen para su ingreso en el Cuerpo.

Por estas condiciones especiales, los funcionarios que lo deseen pueden acogerse a la jubilación anticipada a los 60 años, lo que se concretará a través de una póliza suscrita con la compañía de seguros Aviva en virtud del convenio regulador vigente. Los beneficiarios de esta medida será todo el personal ‘operativo’, lo que los funcionarios entienden por bomberos, cabos y sargentos sometidos a turno rotativo. Aquí es donde radica precisamente el quid de la cuestión: existen otras categorías profesionales, encuadradas en la escala técnica-directiva, que no podrían englobarse en este personal ‘operativo’ según las fuentes consultadas, ni tendrían por tanto la opción de beneficiarse de esta jubilación anticipada.

Sin embargo, los denunciantes aseguran que parte de esos directivos se han “recalificado” convirtiéndose en ‘operativos’ con al menos 15 años de cotización, con el fin no solo de retirarse a los 60 años, sino también de cobrar la pensión oficial de la Seguridad Social más la póliza del seguro Aviva. De esta forma, tendrían unos salarios brutos equivalentes a su sueldo en activo, mientras que si no se hubieran acogido a esta medida cobrarían la pensión pública máxima, estipulada en 2.522,89 euros. En el caso del gerente, por ejemplo, si se incluyera en esta jubilación anticipada se embolsaría cada mes alrededor de 9.300 euros, equivalentes a esa pensión máxima de la Seguridad Social más la de Aviva, de unos 6.800 euros.

Las fuentes consultadas afirman que esta “presunta estafa” se ha llevado a cabo con la connivencia de algunos líderes sindicales, que habrían resultado supuestamente beneficiados por el sistema de jubilación anticipada. En total, concluyen con que fueron 2,4 millones de euros los que la aseguradora pagó en 2010 por estas pensiones “irregulares” que, siguiendo la estela de lo ocurrido en Sevilla, podrían acabar en los tribunales.

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