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Pilar Sánchez solicita voluntariamente la baja de militancia del PSOE-A


“Con el objetivo de no perjudicar innecesariamente al partido y en aras de un tiempo mayor de dedicación para preparar su defensa judicial, Pilar Sánchez Muñoz ha solicitado formalmente su suspensión de militancia a la Agrupación Local del PSOE de Jerez, con carácter estrictamente voluntario. Pilar Sánchez toma esta decisión justo en el momento en que se ha conocido la sentencia del Juzgado de lo Penal número 2 de Jerez. De esta manera, quedará suspendida la relación de militancia con el Partido Socialista Obrero Español de Andalucía por parte de la histórica militante jerezana”. Así reza el comunicado del PSOE de Jerez tras conocerse la sentencia por el juicio denominado ‘caso desvío de fondos’ contra la exalcaldesa de Jerez Pilar Sánchez, que en el pasado mes de junio quedaba visto para sentencia. El Juzgado de lo Penal número tres de la ciudad ha condenado a dos años de cárcel y a pagar una multa de 8,6 millones de euros a la regidora por la utilización de fondos del Plan E para pagar nóminas del Ayuntamiento de Jerez.

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Visto para sentencia el juicio contra Pilar Sánchez por el ‘caso del desvío de fondos’


El juicio por el denominado ‘caso desvío de fondos’ contra la exalcaldesa de Jerez y actual directora del Instituto Andaluz de Cualificaciones Profesionales, Pilar Sánchez, ha quedado este martes visto para sentencia. Sánchez, que cabe recordar que está acusada de un presunto delito continuado de prevaricación en concurso medial con el de fraude en subvenciones, ha vuelto a prestar declaración en esta cuarta y última sesión, y se ha ratificado en lo dicho en sesiones anteriores. También se han ratificado el interventor y el tesorero del Ayuntamiento, que han declarado otra vez a petición de la defensa de la que fuera primera edil jerezana en la pasada legislatura.

En su alegato final, el fiscal, que pide para la exalcaldesa socialista tres años de cárcel, 12 de inhabilitación especial para cargo público y una multa de 8,6 millones de euros, ha puesto en tela de juicio que, como declaró la imputada la semana pasada, informara al Gobierno de que iba a utilizar fondos del Plan E para pagar la nómina a la plantilla municipal y a las concesionarias, ni que existiese un plan formal de reintegro del dinero destinado al abono de nóminas. De la misma forma, entiende que existe la “posibilidad real de duplicidad de pagos” de algunas de las obras enmarcadas en el Plan E a causa del uso de estos fondos.

Por su parte, el abogado de Pilar Sánchez ha pedido su libre absolución, afirmando que se limitó a usar fondos públicos para cumplir “una obligación”. También ha insistido en que “el Código Penal no contempla lo que se ha enjuiciado estos días”, aludiendo en este punto a una sentencia del Tribunal Constitucional (TC) de 2012 que, según afirma, anuló la disposición séptima del Real Decreto de 2009 por el que se regulaba el Plan E. Dicha disposición aludía al principio de la cuenta restringida, según ha detallado. Ha subrayado igualmente que nadie le advirtió de que podía estar incurriendo en un ilícito penal, pese a que ella lo preguntó “hasta la saciedad”.

Por su parte, Pilar Sánchez ha remarcado en su declaración que “a ningún alcalde de la historia le han juzgado por pagar las nóminas” y está convencida de que ella será “la única”. “No me llevé nada, no fui la beneficiaria y tampoco lesioné al Ayuntamiento”, ha afirmado, apuntando al mismo tiempo que ella no contrató a ninguno de los trabajadores a los que pagó las nóminas.

Se ha mantenido firme en que adjudicó todas las obras y cumplió con el objetivo de creación de empleo y en que las operaciones financieras para reponer las cantidades tardarían más o menos en llegar, pero “siempre se hacían”.

Finalmente, ha llamado la atención sobre el “daño”, la “inseguridad y miedo” que este caso le ha ocasionado a ella y a su familia (tiene sus cuentas embargadas y un embargo de señalamiento en su vivienda), pese a lo que tiene “plena confianza en la justicia”.

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La Fiscalía añade un presunto delito de prevaricación contra Pilar Sánchez


El juicio por el denominado ‘caso desvío de fondos’ contra la exalcaldesa socialista de Jerez y actual directora del Instituto Andaluz de Cualificaciones Profesionales, Pilar Sánchez, se ha suspendido a petición de su abogado, toda vez que el fiscal ha añadido un presunto delito continuado de prevaricación en concurso medial con el de fraude en subvenciones que ya se le imputaba y por el que pedía tres años de cárcel. La nueva vista ha quedado fijada para el día 17.

Así las cosas, el juicio no queda este miércoles visto para sentencia como estaba previsto, al añadir la Fiscalía este nuevo delito. De esta manera, eleva su petición de pena a tres años de cárcel, 12 años de inhabilitación especial para cargo público y una multa de 8,6 millones de euros, la cantidad que supuestamente habría desviado del Plan E cuando estaba al frente del Ayuntamiento para destinarlo al pago de la nómina de la plantilla municipal o las concesionarias, es decir, a fines distintos de aquellos para los que fueron concedidos.

El tribunal ha aceptado la petición formulada por el abogado de Sánchez, Juan Manuel Montes, que ha alegado la “indefensión” que la nueva petición del fiscal genera a su patrocinada. El juicio se retomará a las 9,30 horas el próximo día 17 en el Juzgado de lo Penal número 3 de Jerez.

 

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Interventor y tesorero dicen que Pilar Sánchez tenía voluntad de reponer el dinero del Plan E usado para pagar nóminas


El juicio contra la exalcaldesa Pilar Sánchez por pagar las nóminas en el Ayuntamiento con fondos del Plan E ha dado este martes un importante giro, que puede resultar determinante para la sentencia final del mismo. Ha sido con la declaración del interventor y el tesorero municipal, unos testimonios que han confirmado, tal como afirmaba el lunes la que fuera primera edil socialista, que la misma no hacía uso fondos de las cuentas restringidas de manera frecuente y que siempre existía la intención de devolverlo. 

Así, el interventor ha declarado que se recurría a esos fondos del Plan E para pagar los salarios de los trabajadores municipales “de manera puntual” y no habitualmente, por tanto. Ha añadido también que la que fuera alcaldesa la pasada legislatura tenía siempre la voluntad de reponer el dinero que sacaba. Ha apuntado que su cometido no era autorizar la operación, sino informar sobre el decreto del Estado que impide sacar dinero de cuentas restringidas “salvo una causa de fuerza mayor”, que cabe recordar que es lo que Pilar Sánchez argumentó en la primera sesión del juicio celebrada este pasado lunes.

Por su parte, el tesorero se ha pronunciado en la misma línea, confirmando que existía intención de reponer el dinero y ha señalado que las advertencia que él hacía eran de carácter administrativo, no penales. Ha asegurado, por tanto, que él no advirtió a Pilar Sánchez de podía estar cometiendo un delito al usar el dinero de cuentas restringidas para otros fines.

El juicio, en el que Pilar Sánchez se enfrenta a una pena de 3 años de prisión y una multa de más de 8 millones de euros, quedará previsiblemente visto para sentencia este miércoles, aunque, tras las declaraciones de este martes, parece que en estos momentos la absolución de la exalcaldesa está más cerca que la condena.

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Pilar Sánchez declara que el Estado estaba al tanto de los desvíos de fondos del Plan E para pagar nóminas de la plantilla municipal


Primera de las tres jornadas previstas en el juicio por el denominado ‘caso del desvío de fondos’, que sienta a la ex alcaldesa Pilar Sánchez, y actual directora del Instituto Andaluz de Cualificaciones Profesionales, en el banquillo acusada de un presunto delito de prevaricación y otro contra la Hacienda Pública por el supuesto desvío de 8,6 millones de euros del Plan E que habría destinado al pago de la nómina de la plantilla municipal o a las concesionarias en lugar de a aquellos fines para los que fueron concedidos. La expectación existente era lógica, ya que Sánchez afronta una petición de pena de prisión. 

La exalcaldesa socialista, que se ha acogido al derecho de no responder a las preguntas de la Abogacía del Estado y se ha limitado a contestar, durante aproximadamente dos horas, a las cuestiones formuladas por su abogado y la Fiscalía,  ha asegurado que en su momento trasladó a la directora general del Ministerio competente en una conversación telefónica que iba a utilizar fondos del Plan E para pagar la nómina a la plantilla municipal y que tenía preparado un plan de reposición conjunto.

También ha explicado que se constituyó un “comité de crisis formado por el interventor, tesoreros y miembros del gobierno local para buscar una solución a un problema puntual del Ayuntamiento”. Ha insistido en que “no hubo improvisación” y que ese comité de crisis consideró que “el pago de las nóminas a 3.000 familias era una necesidad y una causa de fuerza mayor”, lo cual también entiende que era su “obligación”. En este sentido, ha enfatizado que “nunca” ha visto a “ningún alcalde sentado en un banquillo por esto”.

También ha descartado que tuviera un informe jurídico que le prohibiera utilizar los fondos para pagar la nómina, tras asegurar que el Real Decreto en el que se regulaba las condiciones del Plan E contemplaba la necesidad de “reponer” alguna cantidad si era utilizaba para fines distintos a los concedidos “por causa de fuerza mayor”, como considera que era hacerlo para pagar la nómina a la plantilla “y no para una fiesta”, apostilla.

Cabe recordar que los hechos fueron denunciados por el actual gobierno local (PP) ante la Fiscalía Anticorrupción tras detectar al poco tiempo de tomar posesión, desfases que se elevaron a 8,6 millones, según ha apuntado Fiscalía. Pilar Sánchez se enfrenta a una petición de tres años de cárcel y al pago de una multa de más de ocho millones de euros.

Este lunes también ha declarado la actual alcaldesa, María José García-Pelayo, quien se ha ratificado en su denuncia, considerando que las cuentas restringidas ” no se deben tocar”. El primer teniente de alcalde, Antonio Saldaña, entre otros muchos, también ha sido citado como testigo.

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Fianza de 11,4 millones para Pilar Sánchez por el ‘caso desvío de fondos’ del Plan E


El juzgado de Instrucción número 3 de Jerez ha impuesto a la exalcaldesa Pilar Sánchez una fianza de 11,4 millones de euros por el ‘caso desvío de fondos‘ del Plan E, en el que está imputada por un presunto delito prevaricación y otro contra la Hacienda pública. Fuentes judiciales han confirmado que la socialista deberá abonar esta cantidad como “garantía” del pago de la multa de ocho millones de euros que solicita la Fiscalía Anticorrupción si resulta condenada, dado que dicho juzgado ya ha dictado auto de procedimiento abreviado por el caso.

En este sentido, de no poder afrontar esta fianza, las mismas fuentes han precisado que se procederá al embargo de las propiedades que tenga a su nombre, como le ocurre actualmente al también exalcalde jerezano Pedro Pacheco por el ‘caso de la Estación de Autobuses’.

La investigación por el presunto desvío de fondos del Plan E surgió a instancias de una denuncia del gobierno local del PP a finales de julio de 2011, cuando al mes y medio de tomar posesión detectaron posibles desfases que en un primer momento ascendieron a 7,6 millones y en la denuncia final se elevaron a los 8,6 millones.

En relación al “desfase” de 8,6 millones de euros, la Fiscalía y la Abogacía del Estado –que también se ha personado en esta causa– le acusan de haber destinado presuntamente dicha cantidad a “fines ajenos” a los 14 proyectos incluidos en el Plan E y la Ciudad del Flamenco para los que fueron concedidos, como fue el pago de nóminas municipales.

 

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Fiscalía reclama tres años de prisión y 8,6 millones de euros a la ex alcaldesa Pilar Sánchez por el caso del desvío de fondos


A falta de que se celebre el juicio correspondiente, si es que el juez lo considera oportuno y fija una fecha, la Fiscalía ya se ha pronunciado en el conocido como caso del desvío de fondos. Y lo ha hecho solicitando tres años de prisión para la ex alcaldesa Pilar Sánchez y una multa de 8,6 millones de euros, cantidad que coincide con el dinero supuestamente desviado el Ayuntamiento la pasada legislatura, cuando la mencionada Pilar Sánchez era la primera edil.

Cabe recordar que el caso en cuestión juzga si se cometió delito, entre septiembre de 2010 y mayo de 2011, al destinar al pago de nóminas de la plantilla municipal dinero que dio el Estado (cuentas restringidas) para obras del Plan E en la ciudad. Según parece, el gobierno local fue reponiendo ese dinero, pero no todo, causando un importante desfase de tesorería.

La defensa de Pilar Sánchez ya ha anunciado en diferentes medios que presentará recurso, ya que asegura que el 70% de los fondos del Estado se destinaron a las obras del mencionado Plan E. Considera, por tanto, que se estaría, en todo caso, ante un problema de justificación de subvenciones, no un delito penal.

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Pilar Sánchez se sentará en el banquillo acusada de desviar 8,6 millones del Plan E


El Juzgado de Instrucción número 3 de Jerez ha dictado un auto de procedimiento abreviado y ordenado la apertura de juicio oral contra la exalcaldesa Pilar Sánchez por el desvío de fondos cuando estaba al frente del Ayuntamiento, concretamente 8,6 millones de euros destinados a otros fines y que ella habría destinado al abono de nóminas de la plantilla municipal. Así, deberá responder en una vista oral por la presunta comisión de un delito de prevaricación y otro contra la hacienda pública, afrontando una posible pena de hasta cuatro años de prisión.

Cabe recordar que este caso responde a una denuncia del actual gobierno local del PP ante Fiscalía por desviar fondos del Plan E y de cuentas restringidas entre 2010 y 2011 para el pago de nóminas a la plantilla municipal y proveedores. Aseguraba que Pilar Sánchez lo hizo pese a contar con informes contrarios de Tesorería e Intervención.

REACCIÓN DE PILAR SÁNCHEZ

La noticia fue avanzada por Diario de Jerez esta mañana y la reacción de Pilar Sánchez no se ha hecho esperar. La exalcaldesa ha hecho público un comunicado en el que, aunque reconoce que destinó ese dinero al abono de nóminas, apunta que ”el auto de transformación en procedimiento abreviado está pendiente de un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, por lo tanto no es firme”.

Añade que, en cualquier caso, “no hay acusación por malversación ni por cualquier conducta que suponga el hacer un uso ilegítimo de dinero público: la acusación se sustenta única y exclusivamente en que, en su día, y ante la situación de colapso de tesorería del Ayuntamiento de Jerez, decidí priorizar el pago de las nóminas de trabajadores municipales y otros servicios públicos esenciales, usando para ellos los fondos recibidos de la Comunidad Europea, en concreto del llamado Plan E”. “Esto es de lo que se me acusa: que en vez de seguir financiando unas obras determinadas, se usó la subvención para pagar los salarios de los trabajadores, y entiendo que es lo que cualquier regidor consciente y preocupado por la realidad de quienes dependen de su salario para el sustento de su familia hubiese hecho”, apostilla. “Y es lo que volvería a hacer si estuviese en igual tesitura”, sentencia Pilar Sánchez.

Sigue señalando que el dinero de las subvenciones para obras incluidas en el Plan E “fue destinado efectivamente a estas obras, que por otra parte no sufrieron situación de impago ni retrasos debidos a la financiación en ningún momento antes del cambio de Corporación en junio de 2.011″.

También afirma que la discrepancia con la Fiscalía y con el auto de transformación en procedimiento abreviado, “que hemos manifestado por los cauces procesales mediante la presentación del oportuno recurso de apelación contra el mencionado auto, reside en que el supuesto delito que se imputa es inexistente, ya que fue despenalizado en 1995″. “Con anterioridad a esta fecha -continñua- el Código Penal distinguía el supuesto en los que el administrador de caudales públicos los aplicare a un fin diferente, pero también público, para sancionar esta específica conducta con penas mínimas, casi simbólicas. En la actualidad esto ya no es así, y a nuestro juicio, siempre con los debidos respetos hacia la Administración de Justicia, lo que el Código Penal sanciona desde 1.995 son las conductas que implican dar a los caudales fines distintos de otros públicos, lo que en el caso enjuiciado no ha sucedido en ningún momento”.

Aclara, igualmente, que “cuando las disposiciones de fondos para pago de nóminas tenían lugar con cargo a cantidades destinadas a otros conceptos, estos últimos eran pagos que ni estaban vencidos ni lo estarían a corto plazo, en tanto que las nóminas sí lo estaban. Es decir, siempre había margen para la reposición de las cantidades dispuestas antes de los vencimientos a los que estaban destinadas”.

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