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Visto para sentencia el juicio contra Pilar Sánchez por el ‘caso del desvío de fondos’


El juicio por el denominado ‘caso desvío de fondos’ contra la exalcaldesa de Jerez y actual directora del Instituto Andaluz de Cualificaciones Profesionales, Pilar Sánchez, ha quedado este martes visto para sentencia. Sánchez, que cabe recordar que está acusada de un presunto delito continuado de prevaricación en concurso medial con el de fraude en subvenciones, ha vuelto a prestar declaración en esta cuarta y última sesión, y se ha ratificado en lo dicho en sesiones anteriores. También se han ratificado el interventor y el tesorero del Ayuntamiento, que han declarado otra vez a petición de la defensa de la que fuera primera edil jerezana en la pasada legislatura.

En su alegato final, el fiscal, que pide para la exalcaldesa socialista tres años de cárcel, 12 de inhabilitación especial para cargo público y una multa de 8,6 millones de euros, ha puesto en tela de juicio que, como declaró la imputada la semana pasada, informara al Gobierno de que iba a utilizar fondos del Plan E para pagar la nómina a la plantilla municipal y a las concesionarias, ni que existiese un plan formal de reintegro del dinero destinado al abono de nóminas. De la misma forma, entiende que existe la “posibilidad real de duplicidad de pagos” de algunas de las obras enmarcadas en el Plan E a causa del uso de estos fondos.

Por su parte, el abogado de Pilar Sánchez ha pedido su libre absolución, afirmando que se limitó a usar fondos públicos para cumplir “una obligación”. También ha insistido en que “el Código Penal no contempla lo que se ha enjuiciado estos días”, aludiendo en este punto a una sentencia del Tribunal Constitucional (TC) de 2012 que, según afirma, anuló la disposición séptima del Real Decreto de 2009 por el que se regulaba el Plan E. Dicha disposición aludía al principio de la cuenta restringida, según ha detallado. Ha subrayado igualmente que nadie le advirtió de que podía estar incurriendo en un ilícito penal, pese a que ella lo preguntó “hasta la saciedad”.

Por su parte, Pilar Sánchez ha remarcado en su declaración que “a ningún alcalde de la historia le han juzgado por pagar las nóminas” y está convencida de que ella será “la única”. “No me llevé nada, no fui la beneficiaria y tampoco lesioné al Ayuntamiento”, ha afirmado, apuntando al mismo tiempo que ella no contrató a ninguno de los trabajadores a los que pagó las nóminas.

Se ha mantenido firme en que adjudicó todas las obras y cumplió con el objetivo de creación de empleo y en que las operaciones financieras para reponer las cantidades tardarían más o menos en llegar, pero “siempre se hacían”.

Finalmente, ha llamado la atención sobre el “daño”, la “inseguridad y miedo” que este caso le ha ocasionado a ella y a su familia (tiene sus cuentas embargadas y un embargo de señalamiento en su vivienda), pese a lo que tiene “plena confianza en la justicia”.

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Interventor y tesorero dicen que Pilar Sánchez tenía voluntad de reponer el dinero del Plan E usado para pagar nóminas


El juicio contra la exalcaldesa Pilar Sánchez por pagar las nóminas en el Ayuntamiento con fondos del Plan E ha dado este martes un importante giro, que puede resultar determinante para la sentencia final del mismo. Ha sido con la declaración del interventor y el tesorero municipal, unos testimonios que han confirmado, tal como afirmaba el lunes la que fuera primera edil socialista, que la misma no hacía uso fondos de las cuentas restringidas de manera frecuente y que siempre existía la intención de devolverlo. 

Así, el interventor ha declarado que se recurría a esos fondos del Plan E para pagar los salarios de los trabajadores municipales “de manera puntual” y no habitualmente, por tanto. Ha añadido también que la que fuera alcaldesa la pasada legislatura tenía siempre la voluntad de reponer el dinero que sacaba. Ha apuntado que su cometido no era autorizar la operación, sino informar sobre el decreto del Estado que impide sacar dinero de cuentas restringidas “salvo una causa de fuerza mayor”, que cabe recordar que es lo que Pilar Sánchez argumentó en la primera sesión del juicio celebrada este pasado lunes.

Por su parte, el tesorero se ha pronunciado en la misma línea, confirmando que existía intención de reponer el dinero y ha señalado que las advertencia que él hacía eran de carácter administrativo, no penales. Ha asegurado, por tanto, que él no advirtió a Pilar Sánchez de podía estar cometiendo un delito al usar el dinero de cuentas restringidas para otros fines.

El juicio, en el que Pilar Sánchez se enfrenta a una pena de 3 años de prisión y una multa de más de 8 millones de euros, quedará previsiblemente visto para sentencia este miércoles, aunque, tras las declaraciones de este martes, parece que en estos momentos la absolución de la exalcaldesa está más cerca que la condena.

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Fiscalía reclama tres años de prisión y 8,6 millones de euros a la ex alcaldesa Pilar Sánchez por el caso del desvío de fondos


A falta de que se celebre el juicio correspondiente, si es que el juez lo considera oportuno y fija una fecha, la Fiscalía ya se ha pronunciado en el conocido como caso del desvío de fondos. Y lo ha hecho solicitando tres años de prisión para la ex alcaldesa Pilar Sánchez y una multa de 8,6 millones de euros, cantidad que coincide con el dinero supuestamente desviado el Ayuntamiento la pasada legislatura, cuando la mencionada Pilar Sánchez era la primera edil.

Cabe recordar que el caso en cuestión juzga si se cometió delito, entre septiembre de 2010 y mayo de 2011, al destinar al pago de nóminas de la plantilla municipal dinero que dio el Estado (cuentas restringidas) para obras del Plan E en la ciudad. Según parece, el gobierno local fue reponiendo ese dinero, pero no todo, causando un importante desfase de tesorería.

La defensa de Pilar Sánchez ya ha anunciado en diferentes medios que presentará recurso, ya que asegura que el 70% de los fondos del Estado se destinaron a las obras del mencionado Plan E. Considera, por tanto, que se estaría, en todo caso, ante un problema de justificación de subvenciones, no un delito penal.

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