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El Ayuntamiento justifica los nombramientos por libre designación de personal laboral indefinido

El Ayuntamiento ha remitido a la Delegación del Gobierno andaluz en Cádiz los informes jurídicos con las consideraciones contrarias al requerimiento de nulidad presentado por la Junta de Andalucía sobre nombramientos por libre designación de personal laboral indefinido. Los informes jurídicos contienen las alegaciones que justifican la legalidad del acuerdo que se pretende anular, basándose en jurisprudencia del Tribunal Supremo.

La documentación remitida a la Delegación del Gobierno acredita la legalidad de hacer nombramientos por libre designación a laborales indefinidos, basándose en jurisprudencia del Tribunal Supremo y en la nueva clasificación de personal del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) de 2007, todo ello en relación con la Relación de Puestos de Trabajo aprobada el 14 de septiembre de 2012. Esta RPT recoge la posibilidad de que a estos puestos accedan personal funcionario y laboral, sin mayor distinción, con un carácter de provisionalidad, por tratarse de puestos a extinguir.

Los informes jurídicos llaman la atención igualmente sobre la circunstancia de la escasez de funcionarios y laborales fijos en el Ayuntamiento, ya que por la política de contratación seguida durante años la mayoría del personal municipal es laboral indefinido, particularmente en el caso de los técnicos, lo que, según se alega, ha causado una “gravísima situación de insuficiencia de técnicos funcionarios”.

De hecho, los informes jurídicos presentados recuerdan que la última convocatoria de plazas en el Ayuntamiento de Jerez para laborales fijos tuvo lugar en el año 2004. El número total de plazas convocadas desde 1992 hasta el año 2004 y hasta la fecha asciende a 26 para el grupo A-1.

Por ello, los informes recuerdan que esta situación “es fruto de las escasas convocatorias que el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera ha efectuado para la provisión reglamentaria de las plazas y de los inexistentes procedimientos de consolidación de empleo o de funcionarización”.

Asimismo, la argumentación jurídica presentada por el Consistorio, expresa que, habiéndose procedido por primera vez, después de casi treinta años desde que existe la obligación de crear una RPT, a ordenar el caos organizativo heredado en el Ayuntamiento, es fundamental la colaboración y el apoyo de otras Administraciones públicas para poder llevar a buen término y culminar este proceso, garantizando el correcto funcionamiento del Consistorio.

El Gobierno destaca que “con estas alegaciones este equipo de Gobierno espera que la Junta reconsidere su postura, con la base jurídica que se le ofrece en los informes la documentación remitida, y que no llegue a la confrontación judicial con el Consistorio”.

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