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Foro Ciudadano asegura que ha quedado demostrado que el ERE municipal “es injustificado y una purga política”


Foro Ciudadano de Jerez ha expresado nuevamente su convencimiento de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) considerará nulo el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) que ha afectado a 260 trabajadores municipales y cuya vista oral tuvo lugar este viernes en Sevilla. Según esta organización política, y en consonancia con los sindicatos que han presentado la demanda colectiva ante el Alto Tribunal andaluz, “ha quedado demostrado y acreditado fehacientemente ante la Justicia que los despidos masivos tramitados por el PP, que ayer volvió a retratarse con su cara más despiadada ante la plantilla municipal y la opinión pública, están injustificados y han constituido una auténtica purga política”.

Apunta que la prueba de ambas cosas es que “ni ha habido causas económicas que avalen la decisión, pues el Ayuntamiento cerró el pasado año con superávit en el balance presupuestario ajustado; ni tampoco ha habido criterios objetivos al seleccionar la lista de afectados por una decisión sin precedentes en la historia democrática de la ciudad. Pero es que, por si fuera poco, la supuesta voluntad negociadora del gobierno local del PP impidió toda alternativa a los despidos pese a las propuestas que pusieron sobre la mesa sindicatos y oposición”, asegura en un comunicado.

Y añade que ”lo más cínico y nocivo de todo en este serial de despropósitos” es el hecho de que Foro Ciudadano haya comprobado y denunciado que “el gobierno local del PP despidió a 260 trabajadores municipales para conseguir supuestamente un ahorro de 10,3 millones, si bien en paralelo ha aumentado las retribuciones con la RPT del Ayuntamiento por importe de unos 12 millones; una vergonzosa realidad que se ha comprobado con la presentación del Presupuesto municipal para 2013″.

Al margen de lo anterior, desde Foro Ciudadano se insiste en reclamar al gobierno local del PP que cumpla “escrupulosamente” con sus obligaciones con la plantilla de trabajadores del Ayuntamiento y sus empresas concesionarias, “que en muchos casos, como los de Onda Jerez, acumulan dos nóminas sin cobrar”.

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Un conductor será juzgado por atropellar a un peatón con resultado de muerte en un paso de cebra


El 20 de septiembre de 2008 ocurrió un trágico suceso por el que mañana viernes se sentará en el banquillo del Juzgado de lo Penal número 3 de Jerez Daniel G. D., acusado de atropellar a un peatón con resultado de muerte. Como figura en la calificación del fiscal, el conductor transitaba con un Ford Focus por Villamartín en una vía urbana cuya limitación está fijada en 20 kilómetros por hora según una ordenanza municipal, y en la que se encontraban dos pasos de peatones a escasa distancia el uno del otro. La cuestión es que el sujeto, y siempre según el fiscal, conducía a una velocidad media de 99.5 kilómetros por hora superando así ampliamente lo establecido en la citada ordenanza, e incluso en el Reglamento General de Circulación que estipula un máximo de 50 kilómetros por hora en ciudad.

A las 10.35 horas y a la altura de uno de los pasos de cebra, el conductor atropelló presuntamente a un peatón mientras circulaba a más de 100 kilómetros “sin ninguna precaución y sin la atención debida”, en una vía con buena luminosidad y sin obstáculos de ningún tipo. Cuando fue requerido por la Guardia Civil, se sometió a la preceptiva prueba de alcoholemia arrojando un resultado negativo. Sin embargo, dio positivo en consumo de cannabis y éxtasis lo que según el fiscal influyó en su conducción. La víctima, por su parte, falleció una hora después como consecuencia del golpe, cuya violencia fue tal que uno de sus zapatos apareció en la terraza del primer piso de un bar cercano.

Por todo ello, el Ministerio solicita cuatro años de prisión para el procesado, por un presunto delito de homicidio imprudente grave, en concurso con los delitos contra la seguridad vial y conducción temeraria, además de la privación de conducir vehículos a motor y ciclomotores durante seis años. Junto a ello, fija una indemnización de 78.628 euros para la viuda de la víctima, y 8.736 euros para cada uno de sus seis hijos.

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El juicio por el ERE municipal, hoy


No habrá más retrasos en la celebración del juicio por el ERE municipal en el Ayuntamiento de Jerez. El TSJA se puso en contacto con todas las partes implicadas para citarles este viernes, tal y como estaba previsto en un principio, y no dentro de un mes (el 8 de marzo), tal y como se anunció hace un par de días antes la existencia de un recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Jerez por la no admisión de una prueba, a lo que se unía que tampoco se habían podido iniciar los trámites para estudiar otro recurso presentado por la Asociación Municipal de Técnicos de Jerez (ATMJ) por los mismos motivos. Ambos recursos se registraron a mediados de enero y el alto tribunal garantizó que finalmente estarían listos para hoy, por lo que no hay inconveniente en que se celebre la vista. El TSJA llamó uno a uno a todos los abogados de las partes para ver si estaban de acuerdo y estos aceptaron puesto que “el juicio está más que preparado porque las pruebas documentales las tiene el TSJA desde hace mucho tiempo”.

Hay que recordar que se trata del juicio por el despido de 260 empleados del Ayuntamiento de Jerez tras la aplicación de un Expediente de Regulación de Empleo (ERE), con una demanda colectiva contra el Ayuntamiento de Jerez (CGT, CTP, CC OO y UGT de forma conjunta y la ATMJ). Ya se había aplazado en una ocasión porque la fecha inicial prevista era el pasado 23 de enero.

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Vuelve a aplazarse el juicio por el ERE municipal en el Ayuntamiento de Jerez


El juicio en Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) por el despido de 260 empleados del Ayuntamiento de Jerez tras la aplicación de un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) ha vuelto a aplazarse al 8 de marzo a las 10 horas.

Como han confirmado a este medio fuentes de las centrales sindicales que han presentado la demanda colectiva contra el Ayuntamiento de Jerez (CGT, CTP, CC OO y UGT de forma conjunta y la ATMJ), el alto tribunal ha decidido volver a aplazar la vista, que debía ser este viernes 8 de febrero, por motivos muy similares a los que le llevó a suspender la primera fecha prevista para el pasado 23 de enero.

De esta forma, y según esas fuentes, la suspensión se debe a que a la sala no le ha dado tiempo a estudiar y resolver un recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Jerez por la no admisión de una prueba, a lo que se une que tampoco se han podido iniciar los trámites para estudiar otro recurso presentado por la Asociación Municipal de Técnicos de Jerez (ATMJ) por los mismos motivos. Ambos recursos interpuestos por los letrados se registraron a mediados de enero.

Así las cosas, el TSJA ha decidido suspendar la vista prevista esta semana y dictar una nueva fecha para dentro de un mes, el 8 de marzo.

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El Ayuntamiento asegura que mantendrá en el jucio que nunca vulneró el derecho a la huelga durante el conflicto de la basura


El Ayuntamiento mantendrá en el juicio del próximo día 31 de enero en el juzgado de lo Social número 2 de Jerez, por la demanda que puso en su contra el comité de empresa de la concesionaria del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos, Urbaser, con motivo de la huelga de estos trabajadores del pasado mes de noviembre, “que actuó conforme a los informes técnico, sanitario y jurídico”, según resalta el gobierno local en un comunicado. Afirma que estos informes avalan la actuación del gobierno municipal, “que pretendía garantizar la salubridad de los ciudadanos y el cumplimiento del auto del Tribunal Superior de Andalucía del 50 por ciento de servicios mínimos”. Se refiere a la contratación de otra empresa para que recogiese residuos con el argumento de que los huelguistas no estaban cumpliendo los servicios mínimos y existían serios peligros sanitarios en numerosos puntos de la ciudad.

Explica que entre estos tres informes, que están en manos de la autoridad judicial, se encuentra el jurídico, “donde se pone de  manifiesto que con la medida el gobierno (local) no se ha vulnerado, en ningún momento, el derecho a la huelga de los trabajadores, mientras que en el sanitario se exponen los peligros para la salud pública que existían en Jerez en los días en los que se desarrolló la huelga por la acumulación de residuos”.

El Ayuntamiento también incidirá en que la actuación llevada a cabo se produjo ante la acumulación de más de 3.300 toneladas de basura en las calles de la ciudad, como consecuencia del incumplimiento de los servicios mínimos.

Recuerda igualmente que ”la prolongación en el tiempo de la huelga, conjuntamente con otros factores, así como la pasividad de la Junta de Andalucía ante este conflicto, no podía derivar en el hecho de que el Ayuntamiento incurriese también en una dejación de sus competencias y abandono a su suerte para el resto de la ciudadanía de Jerez”.

“En virtud de lo anterior dada la alarma social, los gravísimos problemas de salubridad que se estaban generando en toda la ciudad y los crecientes desórdenes públicos que ello estaba provocando, que se tradujeron como recordaremos en numerosa quema de contenedores y de mobiliario urbano, el Ayuntamiento no tuvo otra opción que desplegar sus facultades ante este tipo de situaciones, actuación que siempre se llevó a cabo en todo momento dentro de la legalidad vigente como tratará de acreditar el próximo día 31 de enero en el Juzgado de lo Social”, sentencia el comunicado.

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El Ayuntamiento se enfrenta el día 31 al juicio por la demanda del comité de empresa de Urbaser


El Ayuntamiento de Jerez tendrá que enfrentarse el próximo día 31 de enero a las 10.30 horas en el juzgado de lo Social número 2 de Jerez al juicio por la demanda que puso en su contra el comité de empresa de Urbaser, la concesionaria del servicio de recogida de basura, por contratar a una empresa externa, Tragsa, para realizar el servicio y retirar parte de las miles de toneladas de residuos acumulados mientros los trabajadores secundaban los paros para evitar el despido de 125 de sus compañeros.

Hay que recordar que pocos días después de que acabara el conflicto el sindicato CGT, mayoritario en el comité de empresa de la empresa Urbaser, anunció que se había interpuesto una demanda contra el Ayuntamiento de Jerez, Urbaser y la empresa estatal Tragsa por su “juego sucio” y una “vulneración descarada del derecho a la huelga”.

CGT recordaba al informar de esta demanda que el Consistorio jerezano contrató a la empresa Tragsa de forma externa para hacer de “esquirol” durante los paros en sustitución de los huelguistas, y que esta empresa trabajó a partir del domingo día 18 en varias ocasiones retirando residuos en la ciudad.

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El juicio por el ERE municipal se aplaza al próximo 8 de febrero


Quedaban 24 horas para uno de los juicios más esperados del año, en el que los representantes legales de los 260 afectados por el Expediente de Regulación de Empleo municipal se iban a ver las caras con el Ayuntamiento para que el juez determinara si la medida se adoptó dentro de la más estricta legalidad. Finalmente, tal y como ha adelantado uno de los personados por el Colectivo de Trabajadores Progresistas, Antonio Ortega, la vista se aplazará debido a un recurso interpuesto por el Consistorio contra un reciente auto judicial. En el citado auto, el magistrado de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía deniega unas pruebas solicitadas por la administración, por lo que ahora deberá pronunciarse sobre el recurso antes del próximo 8 de febrero, que es la nueva fecha señalada para la vista.

Ésta es la razón por la que el juez ha decidido postergar el juicio, junto con la aparición de documentación de última hora de la Inspección de Trabajo y la Cámara de Cuentas, que deberá ser trasladada a las partes para que la analicen antes del día indicado. Ortega y el resto de compañeros que representan a las secciones sindicales de CC OO, UGT, CGT y ATM (Asociación de Técnicos Municipales) se han dirigido esta mañana al Tribunal con sede en Sevilla para confirmar lo que hasta el momento era solo un rumor. C0mo ha explicado Ortega, aunque resulta una “contrariedad”, no está en el ánimo de los demandantes recurrirlo porque eso dilataría aún más un proceso que afrontan con “ilusión”, y con una argumentación común en todos los casos: con el ERE se vulneró el principio de igualdad y de buena fe.

Esta consideración la cimentan en el hecho de que durante la negociación del expediente, según los perjudicados, no se aportó toda la documentación necesaria ni se aclaró cuáles fueron los criterios que se siguieron a la hora de elegir esa ‘lista negra’. Por ello, los demandantes piden que se declaren nulos los despidos, o se dictamine que la decisión extintiva no se ajustó a Derecho. En el primero de los supuestos, “todo se quedaría como estaba”; es decir, los trabajadores tendrían que ser readmitidos con las mismas condiciones y en los mismos puestos. En el caso de que se declarara la segunda opción, que no se ajustó a Derecho, los distintos juzgados en los que se han ido presentando las diferentes demandas tendrán que pronunciarse sobre cada perjudicado en concreto.

En este sentido, los despidos podrían ser considerados nulos o improcedentes, una última opción que conllevaría la posibilidad de readmisión o indemnización. A juicio de Ortega, el quid de la cuestión radica en que el Ayuntamiento tenía diversas alternativas de ahorro frente a una decisión tan traumática, tales como la eliminación de las productividades, la amortización de las jubilaciones o la extinción de las horas extra. “Lo que nosotros creemos es que ya tenían una idea preconcebida. Para que le dieran dinero de los créditos ICO, tenían que deshacerse de 300 personas, algo que ya habían contemplado en el Plan de Ajuste. Deloitte lo único que hizo es dar forma a esa idea con los mimbres que le proporcionó el Ayuntamiento”.

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El juez reduce la pena de dos años a seis meses de cárcel a un joven que agredió a otro con un vaso


El año ha empezado bien para Moisés C. L., condenado por agredir a otro joven con un vaso de cristal, ya que la Audiencia Provincial de Jerez ha aceptado parcialmente el recurso interpuesto por su abogado contra la sentencia dictada en su día por el Juzgado de lo Penal número 1. En virtud de ello, el juez ha decidido rebajar la pena de dos años a seis meses de cárcel por un delito de lesiones, mediante la eliminación del agravante de utilización de instrumento peligroso. Como consta en la sentencia, a la que este medio ha tenido acceso, los hechos ocurrieron el 25 de diciembre de 2009 en el pub Bitter, ubicado en la calle Sedería.

Allí se inició una discusión entre la víctima y otras personas, motivada por el hecho de que el joven agredido hubiera entrado por error en el servicio de señoras. En el transcurso de la pelea, Moisés C. L. le arrojó un vaso de cristal que le impactó en la cabeza y el rostro. Ello le provocó daños para cuya curación requirió varios puntos de sutura, por lo que le ha quedado un ligero perjuicio estético. Como recuerda el juez, por este episodio el procesado fue condenado en octubre de 2011 a dos años de prisión, por un delito de lesiones agravado por la utilización de un instrumento peligroso.

Ahora, sin embargo, a raíz del recurso de la defensa el magistrado entiende que el citado agravante no existió, al considerar que no está probado que estuviera en el ánimo del agresor usar ese vaso que ya debía de tener de antemano como arma, por lo que fue lo primero que utilizó y no lo buscó expresamente para cometer la acción. Es por eso que la condena se ha rebajado a seis meses, si bien el juez ha estimado la apelación solo parcialmente y no cree que se haya vulnerado la presunción de inocencia del imputado, como así lo esgrimía la defensa.

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La Policía busca a una víctima de intento de homicidio que no acudió a declarar a los juzgados


Fue víctima de un presunto intento de homicidio en 2009, pero sus reiteradas incomparecencias en los juzgados están ralentizando el procedimiento hasta el punto de que la supuesta autora ha sido puesta en libertad a la espera del juicio. La pasada semana fue la segunda vez que no acudió a declarar ante el juez de la Audiencia Provincial, que le había citado para que identificase el arma con la que presuntamente fue atacada con el fin de que el fiscal pueda calificar los hechos y comience la vista oral. Ahora, esta mujer se encuentra en paradero desconocido y la Policía tiene orden de localizarla y llevarla ante la autoridad judicial.

Así lo han confirmado a este medio fuentes del caso, explicando que esta circunstancia está provocando dilaciones indebidas en la causa, que podrían volverse en contra de la propia demandante. Los hechos pendientes de calificar se remontan al 11 de diciembre de 2009, cuando como consta en el auto de procesamiento la víctima inició una discusión con Elizabeth R. Z. porque consideraba que la droga que le había vendido ésta no era de buena calidad. Durante el altercado y siempre según el auto, la procesada sacó un cuchillo con el que agredió a su interlocutora, causándole varias heridas por arma blanca en las regiones abdominal y torácica.

Todo ello necesitó de 60 días para su curación, y originó en la víctima secuelas de carácter digestivo además de diversas cicatrices. Se da la circunstancia de que Elizabeth R. Z. acudió a la Comisaría de Policía ese mismo día para interponer una denuncia contra la mujer lesionada, argumentando que le había robado. Por el momento, está procesada por un presunto delito de homicidio en tentativa y otro de simulación de delito, al considerar el juez que denunció a la víctima “para eludir su responsabilidad”. Cuando aquélla sea localizada y comparezca se dará por finalizada la instrucción, a la espera del señalamiento del juicio.

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A juicio dos promotores por cobrar viviendas que nunca se llegaron a construir


Más de 21.000 euros fueron los que perdieron dos familias jerezanas presuntamente estafadas por los representantes de la promotora Proinmodecor S. L., que se sentarán próximamente en el banquillo acusados de cobrar presuntamente unas cantidades para la adquisición de viviendas que nunca se construyeron. Así al menos lo considera el fiscal, en cuya calificación explica cómo Juan José L. P. y José Luis L. A. cometieron el presunto delito cuando eran apoderado y administrador único de la empresa, respectivamente. El primero de los hechos que se les imputan se remonta a enero de 2005, cuando una de las perjudicadas suscribió con ellos un contrato de compraventa de una vivienda en la calle Ávila, con garaje y trastero.

El inmueble debía ser entregado en mayo de 2006, para lo que la interesada aportó la cantidad de 21.035,48 euros. A pesar de que se le garantizó la existencia de un aval bancario, no se contrató con ninguna entidad. Cuando llegó la fecha indicada, la obra ni tan siquiera había comenzado. Cuando la perjudicada requirió entonces la devolución del dinero aportado, lograron llegar a un acuerdo por el que ella ponía la finca a disposición de la empresa, a cambio de percibir el 60% del precio. Sin embargo, nunca se le reembolsó cuantía alguna. Más tarde le prometieron la devolución del dinero junto con dos plazas de garaje, algo que tampoco se llevó a cabo.

Un año más tarde y siempre según el fiscal, otra de las demandantes suscribió un acuerdo con los procesados para la adquisición de una vivienda en la avenida Blas Infante. En esta ocasión, la perjudicada aportó una cifra muy parecida a la anterior: 21.015,48 euros. En el documento firmado, se estipulaba la entrega en mayo de 2008, dos años más tarde, con una plaza de aparcamiento y un trastero. Asimismo, se garantizó que las cantidades recibidas serían avaladas por una determinada entidad bancaria. Una vez más, esto último no se produjo como tampoco se entregó el inmueble, ya que ni siquiera se llegaron a ejecutar las obras. La afectada solicitó la devolución del importe y la rescisión del contrato, lo que nunca realizaron los acusados.

Por todo ello, la Fiscalía solicita dos años y medio de cárcel para cada uno de los imputados, como presuntos autores de dos delitos de estafa, así como una indemnización para cada demandante idéntica a las cantidades que aportaron éstas y que nunca les fueron devueltas. La acusación particular, por su parte, pide cinco años por presunta estafa y alzamiento de bienes en uno de los casos y tres por presunta estafa en el otro. En estos momentos, el procedimiento se encuentra a la espera de que se produzca el señalamiento del juicio.

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