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Un paso más hacia la disolución del PCTA

El consejo de administración  de Parque Científico Tecnológico Agroindustrial de Jerez, S. A. que se ha reunido hoy, ha aprobado por unanimidad que se convoque la Junta General Extraordinaria, como órgano competente para acordar la disolución de la sociedad, al amparo de lo dispuesto en el artículo 368 del Texto Refundido de Sociedades de Capital, tal y como ya había anunciado el Gobierno municipal. El Ayuntamiento, como accionista de la Junta General de la sociedad, convocará un Pleno municipal, antes de que se celebre la reunión de los miembros de esta junta, para que apruebe esta decisión.

La disolución de la mercantil no afectará a las empresas ubicadas en el parque, que sigue existiendo como parque científico y tecnológico a todos los efectos. Por parte del Gobierno municipal, una vez más, el Ejecutivo ha querido transmitir, en relación con todo este procedimiento, un mensaje de tranquilidad a las empresas ubicadas en el parque, que son ajenas a este particular.

El Gobierno quiere dejar claro que la sociedad anónima es  independiente de la actividad de las empresas que están allí ubicadas. En este sentido, cabe recordar que está prevista la próxima implantación en este espacio productivo de nuevas actividades económicas, que ya se han acordado y en las que se está trabajando.

También ha quedado claro por parte del Gobierno municipal que el problema de la sociedad anónima PCTA-Jerez ha sido el negocio inmobiliario  adosado a la sociedad gestora. Por otro lado, señalar que actualmente la entidad urbanística de conservación es la encargada ya del mantenimiento de las obras de urbanización y que cuenta con el apoyo de la unidad de pymes, autoempleo y parques empresariales del Ayuntamiento.

En el mismo consejo se han aprobado medidas dirigidas a la ordenada liquidación de la sociedad, una vez, que la Junta General la acuerde. En concreto, se ha acordado solicitar al Ayuntamiento, como accionista mayoritario, una transferencia corriente de dos millones de euros, recuperables en el momento de la determinación de la cuota de liquidación de cada uno de los accionistas de la sociedad.

Esta cantidad servirá para seguir completando los reintegros voluntarios que se están realizando de ayudas solicitadas para los edificios integrados en la parcela de equipamiento público, que se concedió a la sociedad en su día, así como para los gastos corrientes derivados del proceso de liquidación.

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