El título VIII de los vigentes Estatutos del Xerez Deportivo FC (artículos 54 a 61) regulan la conciliación extrajudicial, disponiéndose que «el Comité de Conciliación lo integrarán un Presidente y dos vocales, con la formación adecuada y específica en la materia, que serán nombrados, con igual número de suplentes, por la Asamblea General por un periodo de cuatro años» (art. 55).
Dado que en la próxima Asamblea habrán de elegirse miembros titulares y suplentes de dicho órgano, se establece un plazo de siete días naturales para que los socios interesados, que no tendrán que ser necesariamente compromisarios, puedan presentarse a la elección, mediante comunicación a la dirección de correo info@xerezdeportivofc.com o simple indicación en la oficina del Club.
Asimismo, durante el mismo plazo de siete días naturales y por igual procedimiento, podrán presentarse a patronos de la Fundación del Xerez Deportivo FC aquellos socios que lo deseen. Dichos socios optarán a las plazas que corresponda designar a la Asamblea General.