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Cambio en la hora del traslado de la hermandad de la Yedra


Por motivos “logísticos y organizativos”, según ha confirmado la propia hermandad, el traslado de las imágenes de la cofradía de la Yedra desde el Oratorio Festivo hasta la ermita en la Plazuela se retrasará desde las dos de la tarde, hasta las cinco y media, hora prevista para el traslado definitivo del Señor de la Sentencia y Humildad y de la Esperanza. Leer noticia completa

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Esteban firma el cartel del Vía-Crucis de la Sentencia


La hermandad de la Esperanza de la Yedra, con sede en la ermita sita en la Plazuela, presentó en la noche de ayer un cartel conmemorativo que anuncia el Vía-Crucis extraordinario que, con motivo del septuagésimo quinto aniversario fundacional de la corporación que preside Ildefonso Roldán, presidirá nuestro Padre Jesús de la Sentencia y Humildad. La autoría del mismo corresponde al fotógrafo Esteban Pérez Abión, y recoge una instantánea del titular de la cofradía de la Madrugá. El ejercicio piadoso se realizará el próximo 28 de febrero, y tendrá como destino la parroquia de San Miguel, donde ya celebró cultos extraordinarios la Esperanza hace ahora dos años.

 

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El Supremo ratifica siete años de cárcel para un individuo que intentó matar a su primo durante la celebración de Año Nuevo


El recurso de casación interpuesto por el abogado de Josué T. S. no ha dado sus frutos, por lo que éste pasará los próximos siete años de su vida entre rejas por haber intentado matar a un primo suyo. El caso trascendió el 1 de enero de 2011, fecha en que la víctima se encontraba celebrando el Año Nuevo con su familia en una calle del barrio de Santiago y fue requerida por el condenado. Cuando éste se acercó, sin mediar palabra comenzó a golpearle como consta en la sentencia de la Audiencia Provincial, que ha sido ratificada por el Tribunal Supremo. En el momento en que el atacado intentó defenderse, su primo sacó un arma blanca y se la clavó en el costado izquierdo, dándose a la fuga.

El herido, por su parte, fue trasladado al hospital con un cuadro clínico grave, ya que el daño causado constituyó un riesgo vital para él, que permaneció hospitalizado 17 días. Por todo ello, el procesado fue condenado a siete años de prisión, por un delito de homicidio en grado de tentativa con el agravante de abuso de superioridad. Se da la circunstancia de que los testigos que prestaron declaración en el juicio incurrieron en reiteradas contradicciones con respecto a los testimonios que facilitaron durante la instrucción del procedimiento. Se trata de parientes del procesado y de la víctima, que por cierto renunció a una posible indemnización.

La mayoría de ellos se desdijeron de lo declarado en un primer momento, y es por eso que en la sentencia el juez interesaba que fueran sometidos a un nuevo interrogatorio, por si se pudieran depurar responsabilidades. Éste ha sido precisamente el principal argumento sobre el que la defensa cimentó el recurso de casación interpuesto, aludiendo entre otros a las incongruencias de los testigos. El Tribunal Supremo, ahora, ha dejado claro en su fallo que cuando un testimonio prestado en el juicio no se corresponde con el facilitado durante el sumario, el juez tiene la potestad suficiente para decidir cuál es la versión de los hechos más creíble.

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Condenado a 7 años y 8 meses de cárcel por maltratar de forma habitual a su ex mujer y a su hija menor de edad


Es un viejo conocido de la justicia jerezana puesto que, desde que su ex pareja se trasladara a esta ciudad, el conocido como ‘Papá Huelva’ ha emprendido una cruzada contra ella en los juzgados durante la que no ha dejado títere con cabeza y ha acabado condenado hasta en tres ocasiones por calumniar a dos magistrados. Ahora, el Juzgado de lo Penal número 1 tampoco le ha dado la razón en la última de las batallas judiciales, considerándolo autor de varios delitos y faltas infringidos sobre su ex y su hija, menor de edad, y por lo que deberá cumplir una pena de 7 años y 8 meses de cárcel.

Como consta en la sentencia, Mariano O. T. estuvo casado con la perjudicada de 1996 a 2001, año en que se produjo la separación matrimonial. Posteriormente, ella se trasladó a Jerez (residían en Huelva) con la hija de ambos, sobre quien tenía la guardia y custodia. A raíz de la ruptura y siempre según el fallo judicial, el condenado comenzó a maltratar psicológicamente a su ex pareja y también a su hija, llegando a infringirle a esta última malos tratos físicos. La sentencia está repleta de ejemplos en los que se ponen de manifiesto la violencia ejercida, con continuos insultos y amenazas a ambas, tanto a través de conversaciones telefónicas como en persona.

Entre otros, el individuo hostigaba continuamente a la menor asegurándole que cuando se topara en el punto de encuentro familiar con la madre de ésta, a la que tachaba de “golfa, subnormal y choriza”, le iba a “rajar como un cochino” u otras lindezas con expresiones soeces. Todo un rosario de despropósitos en el que se cruzaron las denuncias y que conllevó la detención del sujeto en una ocasión, en la que se le intervino un cuchillo de grandes dimensiones. La gota que colmó el vaso se produjo el 2 de marzo de 2007, cuando el condenado intentó llevarse a su hija por la fuerza del domicilio de la abuela, propinándole patadas y guantazos al tiempo que le dedicaba los mismos insultos que a su madre. La anciana, que intentó interponerse, también resultó golpeada.

Por todos estos hechos, el juez le ha condenado a 7 años y 8 meses de prisión como autor de un delito de maltrato psíquico y físico habitual sobre su ex conyúge y su hija; tres delitos de amenazas; cinco faltas de injurias; un delito de quebrantamiento de medida cautelar; un delito de malos tratos en el ámbito de la violencia doméstica y una falta de amenazas. Además, no podrá acercarse a su ex en 7 años y 6 meses y a su hija en 11, ni podrá tener o llevar armas durante 10 años. A modo de indemnización, deberá pagarles 13.000 euros a ambas por los daños morales ocasionados.

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Condenado un agente de seguros por apropiarse del dinero de las pólizas que tramitaba


Los clientes de un agente de seguros estaban tranquilos y confiados tras poner a buen recaudo sus vehículos, sin sospechar que detrás de todo ello se escondía una estafa por la que el supuesto profesional ha sido condenado a dos años y cuatro meses de cárcel. En la sentencia, a la que este medio ha tenido acceso, el juez explica cómo Javier R. A. suscribió en enero de 2003 un contrato con la empresa Banco Vitalicio de España, que le autorizaba a mediar en la gestión de contratos de seguros entre los clientes y la entidad.

En virtud de esta relación laboral, el condenado “con ánimo de obtener un beneficio ilícito y prevaleciéndose de su condición de agente de seguros”, confeccionó una serie de pólizas para la cobertura de vehículos a motor durante 20054 y 2005 que nunca llegó a cobrar la aseguradora ni por supuesto se hicieron efectivas para los clientes. Por el contrario, lo que el individuo hizo fue integrar esas cantidades en su patrimonio. Éste fue el caso de la empesa Marceli y Juanito S. L., que contrató con Javier R. A. nada menos que 18 pólizas cuya cuantía total no ha podido ser determinada. Excavaciones Bahía S. L. también cerró dos seguros con el presunto agente, que ascendieron a 928,64 euros, así como Explotaciones Alpemosa, que se gastó en pólizas 13.246,36 euros.

Por todo ello, el juez considera al procesado culpable de un delito continuado de falsedad documental en concurso con otro continuado de estafa, y le ha impuesto dos años y cuatro meses de prisión junto con la pena de diez meses y quince días de multa, con una cuota diaria de cinco euros. Además, deberá devolver a las tres compañías afectadas cada euro de los que se apropió con el engaño

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Tres años de cárcel por arrancar a un joven parte de la oreja de un mordisco


El pub Javrock fue escenario el Día de Navidad de 2009 de un desagradable episodio violento por el que Óscar M. G. ha sido condenado a tres años de cárcel. En la sentencia, a la que Reporteros Jerez ha tenido acceso, el juez cuenta como en la citada fecha la víctima se encontraba en el local y acudió en defensa de un amigo que estaba siendo agredido. Fue en ese momento cuando el condenado, junto a otro procesado por la misma causa, José Manuel C. G., agarró al joven por la cabeza y le dio un mordisco en el lóbulo superior de la oreja izquierda “con intención de causarle un menoscabo corporal”. Su acompañante, por su parte, aprovechó que la víctima se encontraba en el suelo para golpearle repetidamente.

A consecuencia de todo ello, el lesionado sufrió una herida con pérdida de sustancia del pabellón auricular, siendo la falta de ese trozo de oreja visible a más de un metro de distancia, como se detalla en el fallo. Para su curación, necesitó intervención quirúrgica aunque las secuelas a nivel estético han perdurado. Además, presentó una fractura del quinto metacarpio de la mano derecha, por lo que la tuvo que tener inmovilizada, y un arañazo en el abdomen. Como apunta el juez, José Manuel C. G. tenía en el momento de los hechos dos condenas por delitos de lesiones.

Por todo lo narrado, Óscar M. G. ha sido condenado a tres años de prisión como autor de un delito de lesiones agravadas por haber causado deformidad, así como a indemnizar a la víctima con 7.000 euros y abonar la mitad de las costas del procedimiento. El pago de la otra mitad corresponderá al otro procesado, al que se ha impuesto la pena de multa de 30 días a razón de 6 euros diarios, como autor de una falta de maltrato. El magistrado, sin embargo, le absuelve del delito de lesiones que pedían Fiscalía y acusación particular.

 

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Condenan a una clínica por seccionar un esfínter en una operación de hemorroides


El juzgado de Primera Instancia número 5 de Jerez ha condenado a una clínica privada de la ciudad al pago de más de 78.000 euros (más intereses de 30.000 y las costas) a una paciente a la que un cirujano seccionó el esfínter durante una hemorroidectomía, es decir, una operación común de hemorroides. La consecuencia es que la afectada deberá usar pañales el resto de su vida.

Los hechos se remontan a Mayo de 2009, cuando M. L. N. M. natural de Jerez y de 65 años de edad fue diagnosticada en una prueba de colonoscopia de hemorroides, siendo propuesta para una intervención quirúrgica de hemorroidectomía con Ligasure. La lesión en el esfínter le ha provocado un prolapso rectal circular (el intestino no es retenido por el esfínter interno y sale por fuera del ano) y un fallo esfinteriano con incontinencia fecal de heces y a los líquidos y gases. Otro especialista de la propia clínica certificó que el daño era irreversible. La única solución, cuyo resultado además tampoco está garantizado, es el injerto de un ano artificial.

La demanda, presentada y defendida por los servicios jurídicos del Defensor del Paciente, ha sido estimada íntegramente por el juez. Además del daño físico (sección del músculo y prolapso rectal circular), la paciente -una mujer de 65 años- ha caído en una profunda depresión. “Nosotros aportamos al caso un informe pericial experto en cirugía digestiva y una valoración del daño corporal”, explican desde el despacho del abogado especialista José Luis Ortiz. La defensa de la clínica alegó, por su parte, que el doctor que practicó la intervención no pertenecía a su cuadro médico y que las secuelas de la operación se deben a una alteración del suelo pélvico que suele producirse durante los partos, cuestión que el juez ha desestimado en la sentencia debido a los diagnósticos previos de la paciente.

A la sentencia, que se ha notificado recientemente, le cabe recurso en un plazo de 20 días.

 

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Condenan a diez años y medio de cárcel al autor del crimen de la trituradora de marihuana


Adrián S. F. pasará diez años y medio en la cárcel por el conocido como crimen de la trituradora de marihuana. Hace unas semanas el jurado popular decretó la culpabilidad del joven de un delito de homicidio, y ahora el juez ha dictado su sentencia con la citada pena. En el fallo judicial, al que Reporteros Jerez ha tenido acceso, se explica cómo el15 de octubre de 2010 la víctima, Francisco C. B., llegó a la barriada rural de Las Tablas en busca de una trituradora de marihuana que reclamaba al condenado. Entonces se produjo una discusión entre ambos, tras lo que Adrián se dirigió a su domicilio y desde allí llamó a otro amigo para que acudiera a calmar a Francisco.

Mentras ello sucedía, éste se encontraba en el exterior de la vivienda gritando e increpando a Adrián, llegando a amenazarlo con darle muerte y mostrando una actitud violenta. Dos amigos llegaron en ese momento e intentaron apaciguarlo sin éxito, al igual que el padre del condenado que salió de la casa con el mismo fin. Siempre según el juez, “la pelea previa, las amenazas reiteradas de muerte y la imposibilidad de que sus amigoss y su propio padre consiguieran que Francisco se marchara, fueron provocando un estado de furia en Adrián”. Todo ello, agravado por el hecho de que el chico era consumidor crónico de hachís y mariuhana, desencadenó el fatal desenlace cuando salió del interior de su vivienda en actitud agresiva e hirió a Francisco con un cuchillo carnicero.

Al recibir varias puñaladas, la víctima no logró sobreponerse y falleció a las pocas horas en el hospital, a donde lo había trasladado uno de los amigos que presenciaron el suceso. En la sentencia, el magistrado afirma que el agresor se daba cuenta de lo que hacía cuando cometió esta atrocidad e incluso era consciente de que, en la forma en la que utilizó el cuchillo y de manera reiterada, podía causar la muerte del otro joven. Con posterioridad, él mismo llamó a la Policía y reconoció los hechos, a pesar de que en el juicio declaró no acordarse de nada.

Como se ha mencionado al principio, Adrián S. F. ha sido condenado por este delito de homicidio a diez años y medio de cárcel con los atenuantes de confesión y drogadicción. Además, deberá indemnizar a los padres de la víctima con la cantidad de 180.000 euros, abonando las costas derivadas del procedimiento.

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Visto para sentencia el juicio del crimen por la trituradora de marihuana


El juicio contra Adrián S. F., acusado de la muerte de Francisco B. C. tras una disputa por una trituradora de marihuana, ha quedado visto para sentencia. Durante la jornada de ayer se escuchó el testimonio de los forenses, tras lo que las partes han expuesto sus conclusiones definitivas. En el caso de la acusación particular, ejercida por Álvaro Cosano, pocas novedades se han producido ya que el abogado ha reiterado su petición inicial de 20 años de cárcel por un presunto delito de asesinato. La Fiscalía, sin embargo, sí ha modificado su alegato pasando de 16 a 13 años de prisión por los atenuantes de confesión y drogadicción.

Ésta última ha sido una de las bazas de la abogada del imputado, que en todo momento ha cimentado su defensa en la adicción a los estupefacientes de Adrián y en su “difícil” infancia, solicitando entre 5 y 7 años de cárcel con la concurrencia de los atenuantes de obcecación, confesión del delito, problemas psíquicos y drogadicción. Cosano, por su parte, ha intentado deslegitimar el consumo de drogas como un atenuante del delito, justificándolo en los testimonios de los testigos que aseguraron que el joven “estaba normal” y “solo había consumido dos porros” cuando se produjeron los hechos.

Si todo se desarrolla por los cauces normales, esta semana el jurado popular tendrá listo el veredicto, tras lo que el juez deberá interponer en su caso la pena correspondiente.

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La Agrupación Musical La Sentencia tocará tras el misterio de la Oración en el Huerto


La hermandad de la Oración en el Huerto ha confirmado que la Agrupación Musical de la Sentencia tocará tras el misterio de la cofradía en la Semana Santa de 2013. Con este contrato la hermandad cambia su estilo musical, ya que pasará de las cornetas y tambores de la Caridad a los sones musicales de la agrupación jerezana. La corporación que preside José Manuel Medina Lechuga ha confirmado en un comunicado este nuevo contrato, a la par que agradecen “a todos los componentes de la banda de cornetas del Santísimo Cristo de la Caridad por la labor realizada durante los años que dicha corporación musical ha acompañado a Nuestro Padre Jesús Orando en el Huerto en su salida procesional, así como a cuantas formaciones han tomado interés en días anteriores por ofrecernos sus servicios”.

La hermandad tomó la decisión de cambiar de formación musical una vez que se supo la disolución de la banda de cornetas de la Caridad, que finalmente parece haber conseguido nuevos aires para seguir tocando tras los pasos en Semana Santa. Dicha decisión fue tomada en junta de gobierno la pasada semana, “una vez estudiado el informe de una comisión nombrada para resolver la contratación del acompañamiento del misterio para el 2013, evitando de esta manera urgencias de última hora que pudieran causar graves contratiempos a la cofradía”, reza el comunicado. El contrato que han rubicado la hermandad y la agrupación musical es para el año próximo, aunque la formación musical ya tenía una firma anunciada con la hermandad del Gran Poder de Bollullos de la Mitación para la próxima Semana Santa, tal y como comunicó la propia agrupación en su momento.

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