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“Estamos acabando con los privilegios económicos inconcebibles e inasumibles”


El segundo teniente de alcalde y delegado de Personal y Seguridad, Javier Durá, ante las manifestaciones del sindicato ATMJ sobre la política de Personal del Gobierno local, ha subrayado “el esfuerzo de este Gobierno para poner orden donde había un caos que permitía a algunos privilegios económicos inconcebibles e inasumibles”. “Este Gobierno ha realizado y sigue realizando un esfuerzo continuo que persigue la normalidad del Ayuntamiento y de su estructura y en el marco de la legalidad vigente”, ha añadido.

El delegado ha explicado que “los juzgados, a lo largo de estos dos años y medio de legislatura, han dado la razón al Ayuntamiento en casos significativos como el reconocimiento de legalidad por parte del TSJA en el recurso presentado por CGT contra la aprobación de la RPT por parte de la Junta de Gobierno local, o en dos casos de sentencias favorables en las que los demandantes reclamaban cantidades por productividad”.

Asimismo, los juzgados se han pronunciado a favor del Ayuntamiento en otros casos como en el del cese del ex director-gerente de Onda Jerez, que interpuso denuncia por por despido improcedente. El juez consideró que el cese se ajustaba a Derecho.

De igual manera y sobre el conflicto colectivo planteado por el sindicato ATMJ contra el acuerdo de minoración del complemento de productividad, el referido sindicato vio como dos sentencias (sentencia de 20 de junio de 2012 del Juzgado de lo Social, número 1 de Jerez, y la sentencia de 27 de febrero de 2013 del TSJA, confirmando la sentencia del Juzgado de lo Social) declaraban la incompetencia de la jurisdicción social para conocer de este asunto.

DECISIONES ENCAMINADAS A LA NORMALIZACIÓN  

En este sentido, Javier Durá ha recordado que “hemos elaborado una Relación de Puestos de Trabajo, cuya aprobación definitiva fue el 14 de septiembre de 2014, que ha supuesto un antes y un después en la historia del Ayuntamiento ya que no existía documento similar con anterioridad. La RPT es un instrumento vivo, sujeto a modificaciones y que ha permitido ordenar el caos que existente en los perfiles laborales del Ayuntamiento”.

“Nos encontramos un catálogo de puestos desfasado y con retribuciones individualizadas y arbitrarias que quedaban al margen de cualquier valoración. Esto lo sabe bien la ATMJ, como también sabe que el TSJA ya se ha pronunciado hasta en dos ocasiones sobre la legalidad de la misma en sendos recursos interpuestos por un empleado municipal y por el sindicato CGT”, ha resumido el delegado.

Tras la aprobación de la RPT es la Junta de Gobierno Local “la que, en función de las necesidades que se detectan por los distintos Servicios, acuerda la movilidad de los puestos, permitiendo, ahora sí de una manera ordenada, ir ajustando los efectivos entre las distintas áreas para un mejor servicio a la ciudadanía”.

UN CONVENIO RECONOCIDO POR LA AUTORIDAD LABORAL

Igualmente, tampoco el Ayuntamiento contaba con un acuerdo-convenio colectivo “negociado de acuerdo con las previsiones establecidas para el personal laboral según el Estatuto de los Trabajadores. Por tanto, el convenio anterior era un convenio no registrado ante la Autoridad Laboral y no publicado en Boletín Oficial alguno, que incluso contenía previsiones retributivas de muy difícil encaje normativo para el personal en régimen funcionarial”.

“Este Gobierno dio de nuevo un paso decidido para poder contar con un convenio negociado de acuerdo con lo establecido en la Ley. Fue otro de los retos de este Gobierno que pudo concluirse con la firma del actual Acuerdo Convenio sobre las condiciones de trabajo comunes del Personal Funcionario y Laboral del Ayuntamiento de Jerez para el periodo 2013-2015 y que entró en vigor el pasado 21 de octubre de 2013”.

De hecho, como refrendo de legalidad del articulado, la  Autoridad Laboral ordenó el 14 de noviembre de 2013 la inscripción del citado Acuerdo Convenio en el correspondiente Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, publicándose el pasado 18 de octubre de 2013 en el B.O.P. de Cádiz número 234 de 10 de diciembre de 2013.

El delegado ha hecho hincapié en que “como bien sabe ATMJ, la aprobación de la RPT y del Acuerdo Convenio constituyen el marco que ha permitido que los puestos de la estructura municipal puedan proveerse de acuerdo con las previsiones marcadas por la Ley”.

PROVISIÓN POR PRIMERA VEZ DE PUESTOS DE FUNCIONARIOS

De esta manera, el pasado 21 y 27 de febrero de 2014 la Junta de Gobierno Local ha aprobado el inicio del procedimiento para la provisión de 6 puestos de funcionarios en Urbanismo, y 10 en la Intervención Municipal, Secretaría General y Tesorería a través del sistema de Concurso de Méritos. “Es la primera vez que en el Ayuntamiento de Jerez se inicia un procedimiento para cubrir los puestos de jefaturas por concurso, a pesar de que es el procedimiento ordinario para la provisión de puestos de trabajo en la administración pública, de ahí la importancia que tiene para el Gobierno Municipal la adopción de estos acuerdos”, ha resumido Durá.

Como norma general, a partir de ahora en el Ayuntamiento se provisionarán los puestos por concurso de mérito si bien “de forma excepcional y para determinados puestos de trabajos se hará por libre designación, aunque esta provisión está justificada también en la RPT y confirmada por dos recientes sentencias del TSJA a favor que han dictaminado que el procedimiento de Libre Designación previsto en la RPT para determinados  puestos (salvo los escoltas) es conforme a Derecho. Es el caso, entre otros, de todas las Direcciones de Servicio”, ha explicado el delegado.

El Ayuntamiento actualmente, “de manera provisional y atendiendo a la necesidad inaplazable de cubrir puestos de la estructura municipal”, está acudiendo a la figura de la “Comisión de Servicio”. Esta posibilidad está prevista no solo en el actual Acuerdo Convenio sino en la normativa de los funcionarios de cualquier Administración Pública.

Según ha aclarado Durá, “se trata de nombramientos provisionales que realiza la Junta de Gobierno Local, en el marco que permite la Ley y ajustada a los puestos previstos en la RPT. Se pone fin así a las actuaciones pasadas, al parecer del gusto de la ATMJ, que permitían que por mera resolución del alcalde de turno se pudiera nombrar a empleados a puestos y salarios creados expresamente para ellos”.

LAS MESAS, AJUSTADAS A DERECHO SEGÚN EL TSJA

En el mismo objetivo de normalización, el Gobierno local constituyó 28 de noviembre de 2011, cuando se constituye la Mesa General de Negociación Conjunta del Personal Funcionario y Laboral del Ayuntamiento, ámbito para la negociación de las  condiciones de trabajo comunes de los empleados, independientemente de si son funcionarios o laborales, que era una exigencia legal desde 2007.

De igual manera, la Mesa General de Negociación de los Funcionarios se constituye el 19 de octubre de 2012. Su constitución era también una exigencia legal desde el año 2007, de acuerdo con lo dispuesto en el Estatuto Básico del Empleado Público.

El Tribunal Superior de Justicia ya se ha pronunciado en una reciente Sentencia sobre la legalidad de la constitución de esta mesa Común. El TSJA analiza la constitución de la Mesa General de Negociación, para concluir que es ajustada a derecho.

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