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Suspendidas temporalmente las medidas del Plan de Prevención Municipal para activar las andaluzas

El Ayuntamiento aprobó el pasado mes de septiembre el Plan Municipal de Prevención de la COVID, estableciendo medidas en el ámbito de competencias municipales. En el día de ayer, 8 de noviembre, la Junta de Andalucía aprobó una serie de medidas de aplicación obligatoria para todos los pueblos y ciudades de Andalucía. Para evitar contradicciones entre lo establecido por ambas administraciones, el Ayuntamiento de Lebrija ha decidido suspender temporalmente la aplicación de sus medidas y pasar a regirse por lo establecido a nivel autonómico. Se pueden consultar las medidas vigentes en cada momento en la dirección https://www.mapacovid.es/detail/Lebrija.

Andalucía vive estos días un nuevo repunte en el número de casos positivos por coronavirus en los últimos días. El número de PCR positivas en nuestra ciudad en el día de hoy es de 123 casos.

En este contexto dinámico, el Alcalde de la ciudad, Pepe Barroso, ha anunciado que “el Ayuntamiento de Lebrija con la finalidad de establecer un criterio unificado y no crear confusión entre los lebrijanos y lebrijanas suspenderá temporalmente las medidas establecidas en el Plan de Prevención Municipal puesto en marcha el pasado mes de septiembre para aplicar las medidas decretadas por la Junta de Andalucía ayer 8 de noviembre de 2020″. En este sentido, ha afirmado que “estos momentos, es fundamental y necesario evitar incertidumbre y confusión que podría general la aplicación de las medidas municipales. Por este motivo aplicaremos única y exclusivamente las medidas decretadas por la Junta de Andalucía”.

Las medidas se podrán consultar las medidas decretadas por la Junta de Andalucía:  https://www.mapacovid.es/detail/Lebrija.

Por  otra parte,  Barroso recomienda a la ciudadanía “limitar todo lo posible los contactos externos al núcleo de convivencia, así como las salidas y paseos”. Al respecto, ha afirmado que “la colaboración de todos y todas es necesaria y fundamental para evitar el mayor número de contagios posibles” agradeciendo al mismo tiempo el esfuerzo que los lebrijanos y lebrijanas vienen realizando desde el inicio de la pandemia.

Las medidas que a continuación se detallan entrarán en vigor a partir de este martes 10 de noviembre son las siguientes:

-  Se amplía dos semanas el cierre perimetral de la comunidad autónoma, hasta el lunes 23 de noviembre.

- A estas medidas, se suma la ampliación del horario de limitación de la movilidad nocturna (toque de queda), entre las 22 y las 7 horas.

- A partir del martes, toda actividad no esencial deberá cerrar a las 18.00 horas.

- Asimismo, las universidades de toda Andalucía deberán impartir las clases ‘online’, siguiendo colegios e institutos con clases presenciales.

Velatorios, entierros y ceremonias fúnebres: máximo de 15 personas en espacios al aire libre o 6 en espacios cerrados, salvo que todos sean convivientes.

Ceremonias civiles. Aforo del 30 por ciento tanto espacio cerrado como aire libre y que permita la distancia interpersonal. Personas sentadas.

-Celebraciones tras ceremonias religiosa o civil. Si en establecimiento hostelero rigen aforos y medidas de hostelería y restauración para este nivel. Si en salones celebraciones o lugar distinto incluso ámbito privado, aforo del 30 por ciento con máximo de 30 personas interior y 50 exterior. Servicio en mesas de máximo 6 personas.

Establecimientos comerciales: 50 por ciento del aforo con distancia de seguridad. Cierre a las 18:00 horas.

Hostelería y restauración (incluido de hoteles): Hostelería sin música: Aforo del 30 por ciento en interior local y 75 por ciento en espacios abiertos (terrazas al aire libre). Hostelería con música y especiales con música: Aforo del 30 por ciento en interior y local y 75 por ciento en espacios abiertos (terrazas al aire libre) (los exclusivos de bebidas deben cerrar). Prohibido consumo en barra. Mesas o agrupaciones máximo 6 personas. Distancia 1,5 m entre sillas diferentes mesas o agrupaciones. Eliminación servicio buffet.

Gimnasios: 40 por ciento del aforo.

Cines y teatros: 40 por ciento del aforo 200 personas en interior, 300 personas exterior.

Instalaciones deportivas convencionales y no convencionales (incluye gimnasios así como academias de bailes). Aforo máximo del 40 por ciento tanto las cerradas como al aire libre para deportistas. Eventos deportivos, entrenamientos y competiciones sin espectadores. Aforo del 40 por ciento en academias de baile. Deporte no federado no podrá realizarse deporte de grupo que no garantice mantenimiento de distancia seguridad interpersonal. En todo caso máximo de 6 personas por grupo. Las actividades aeróbicas o clases grupales de baile deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de 6 personas conformadas en grupos estables.

Competiciones, eventos y entrenamientos: sin espectadores.

Transporte público: un asiento de separación entre viajeros y 50 por ciento de pie. En el transporte privado: dos personas por fila de asientos sin ocupar el del copiloto.

Actividades ambientales: 6 personas en interior y 10 al aire libre.

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