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	<title>Reporteros Jerez &#187; Tribunal Supremo</title>
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	<description>Diario de noticias online de actualidad, con información libre y veraz centrado en Jerez</description>
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		<title>El Supremo confirma la condena de cuatro años y medio de cárcel para Pilar Sánchez</title>
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		<pubDate>Mon, 21 Dec 2015 15:42:32 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Pablo Piñero</dc:creator>
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		<description><![CDATA[El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz que condenó a cuatro años y medio de cárcel a la exalcaldesa de Jerez Pilar Sánchez por los delitos de falsedad documental con el agravante de prevalerse de su carácter público, de prevaricación y de malversación de caudales públicos en relación con la concesión <a href="http://www.reporterosjerez.com/2015/12/21/el-tribunal-supremo-confirma-la-condena-de-cuatro-anos-y-medio-de-carcel-para-pilar-sanchez/">LEER M&#193;S</a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;">El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz que condenó a cuatro años y medio de cárcel a la exalcaldesa de Jerez <strong>Pilar Sánchez</strong> por los delitos de falsedad documental con el agravante de prevalerse de su carácter público, de prevaricación y de malversación de caudales públicos en relación con la concesión de una subvención a la empresa Tecnología e Innovación Sanitaria (<strong>TISA</strong>) para la adquisición de suelo en el <strong>Parque Tecnológico Agroindustrial de Jerez</strong>.<span id="more-123217"></span></p>
<p style="text-align: justify;"><a href="http://www.reporterosjerez.com/2013/12/19/el-pa-pide-el-cese-de-pilar-sanchez-en-su-cargo-en-la-consejeria-de-educacion/pilarsanchez-2/" rel="attachment wp-att-76937"><img class="alignright size-medium wp-image-76937" title="PILARSANCHEZ" src="http://www.reporterosjerez.com/wp-content/uploads/2013/12/PILARSANCHEZ-300x213.jpg" alt="" width="300" height="213" /></a></p>
<p style="text-align: justify;">La Sala Segunda del alto tribunal ha rechazado el recurso de casación interpuesto por Sánchez, así como el de la concejal María del Carmen Martínez Martínez -condenada a dos años, seis meses y 15 días de prisión&#8211; por los mismos delitos&#8211;. Sánchez, que también fue condenada a ocho años de inhabilitación, tendrá que pagar junto a la exconcejal, de forma solidaria 122.360 euros al Ayuntamiento de Jerez.</p>
<p style="text-align: justify;">La Audiencia Provincial de Cádiz consideró probado que en el marco de la solicitud de TISA para incorporarse al PTA, el encargado de emitir los informes de valoración de solicitantes comentó las dificultades que veía para poder informar favorablemente de la incorporación de TISA al PTA. Tras ello, Sánchez habló con aquel y le dijo que «tratase con cariño a esa empresa, facilitándole diversa documentación y un teléfono de contacto».</p>
<p style="text-align: justify;">Asimismo, TISA obtuvo la adjudicación de la parcela, basada en una valoración que otorgaba a su solicitud nueve puntos sobre una puntuación de 14, y Sánchez «decidió que iba a concederle una ayuda del 40 por ciento del precio establecido por el Consejo de Administración de Emusujesa», pese a que la valoración era un «impedimento para ello» ya que un adjudicatario valorado con nueve puntos, como era el caso, sólo tenía derecho a una ayuda del 20 por ciento.</p>
<p style="text-align: justify;">La Audiencia Provincial tiene la «certeza» de que Pilar Sánchez «estuvo al tanto de lo que ocurría con el informe para otorgar los 14 puntos a la solicitud de <strong>TISA</strong>», que fue «la que decidió la modificación del borrador» y «que debía ser firmado por algún otro empleado municipal para crear la apariencia de informe técnico de valoración con 14 puntos, habiendo sido ella quien decidió conceder a TISA la máxima puntuación posible».</p>
<p style="text-align: justify;">La sentencia del Supremo recuerda que la exdirigente socialista ha sido condenada por los delitos de prevaricación, falsedad y malversación, en relación de concurso medial y explica que en los de prevaricación y malversación concurre prueba directa de los elementos objetivos, ya que «la resolución administrativa que materializa la prevaricación y constituye el instrumento de la malversación fue dictada personalmente por la recurrente», en su calidad de alcaldesa de Jerez, dato «indiscutido, documentalmente acreditado y reconocido».</p>
<p style="text-align: justify;">Además, expone que se cuestiona el requisito subjetivo, «a sabiendas de su injusticia», «que es lo que se ha acreditado a través de prueba indiciaria» y añade que «la acreditación del elemento subjetivo del tipo de prevaricación a través de la prueba de indicios constituye un supuesto generalizado, que no aporta motivo alguno para cuestionar la resolución impugnada».</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>«ARBITRARIEDAD MANIFIESTA»</strong></p>
<p style="text-align: justify;"><a href="http://www.reporterosjerez.com/2014/10/15/dos-anos-de-carcel-y-una-multa-de-86-millones-para-pilar-sanchez-por-el-pago-de-nominas-con-el-plan-e/pilar-sanchez-2/" rel="attachment wp-att-104415"><img class="alignleft size-medium wp-image-104415" title="Pilar sanchez" src="http://www.reporterosjerez.com/wp-content/uploads/2014/10/Pilar-sanchez1-300x199.jpg" alt="" width="300" height="199" /></a>La decisión de la alcaldesa de adjudicar la ayuda máxima a la empresa TISA constituyó «una resolución adoptada con el único sustento de su exclusiva voluntad, convertida irrazonablemente en aparente fuente de normatividad, y situada extramuros de toda justificación que pudiera tener el más mínimo apoyo racional», mantiene el Supremo, que señala que Sánchez influyó primero sobre el funcionario competente «para que tratase con cariño a la empresa»; y, después, visto que el perito no le adjudicaba a la empresa TISA la puntuación máxima, necesaria para la concesión de la ayuda máxima, «se le presionó para que cambiase el informe».</p>
<p style="text-align: justify;">Por último, como el nuevo informe tampoco daba cobertura a la máxima subvención que arbitrariamente quería conceder la alcaldesa, «se manipuló el informe y se sustituyó por otro firmado por un capataz». «La <strong>arbitrariedad</strong> del proceso es manifiesta», sostiene.</p>
<p style="text-align: justify;">En lo que se refiere al delito de falsedad, indica que no constituye un delito de propia mano que exija la realización material de la falsedad por el propio autor, sino que admite su realización a través de persona interpuesta que actúe a su instancia, por lo que «la responsabilidad en concepto de autor no precisa de la intervención corporal en la dinámica material de la falsificación bastando el concierto y el previo reparto de papeles para la realización y el aprovechamiento de la documentación falseada», de modo que «es autor tanto quien falsifica materialmente como quien en concierto con él se aprovecha de la acción con tal de que tenga el dominio funcional sobre la falsificación».</p>
<p style="text-align: justify;">En esa línea, mantiene que «no existe ninguna hipótesis alternativa razonable» a que la operación, que exigía necesariamente como instrumento esencial la manipulación del informe, se pudiese realizar «sin el impulso y aquiescencia» de la alcaldesa. Asimismo, expone que era ésta, además, «la que iba a beneficiarse de la falsificación del dictamen», al permitir que su resolución del expediente pudiese superar las objeciones de la Intervención, si la concesión de la máxima subvención no estuviese apoyaba en un dictamen con la máxima puntuación.</p>
<p style="text-align: justify;">La sentencia, hecha pública este lunes, prosigue señalando que, valorados los indicios existentes y relacionándolos racionalmente, «surge como conclusión natural de las normas ordinarias de la lógica y la experiencia que la falsificación se realizó a instancia de la recurrente, que fue quien se aprovechó de la documentación falseada, conclusión que supera el canon de la lógica o cohesión interna, y el canon externo de la suficiencia o calidad de la conclusión».</p>
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		<title>El Supremo abre causa a María José García-Pelayo por el caso &#8216;Gürtel&#8217;</title>
		<link>http://www.reporterosjerez.com/2015/09/24/el-supremo-abre-causa-contra-garcia-pelayo-por-el-caso-guertel/</link>
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		<pubDate>Thu, 24 Sep 2015 15:20:15 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Pablo Piñero</dc:creator>
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		<description><![CDATA[El Supremo ha abierto una causa para investigar si la senadora del PP y exalcaldesa de Jerez María José García-Pelayo cometió un delito de prevaricación continuada y otro de falsedad en documento público en relación con las adjudicaciones a empresas de la trama Gürtel de eventos de Fitur 2004. En su auto de hoy la <a href="http://www.reporterosjerez.com/2015/09/24/el-supremo-abre-causa-contra-garcia-pelayo-por-el-caso-guertel/">LEER M&#193;S</a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;">El Supremo ha abierto una causa para investigar si la senadora del PP y exalcaldesa de Jerez María José García-Pelayo cometió un delito de prevaricación continuada y otro de falsedad en documento público en relación con las adjudicaciones a empresas de la trama Gürtel de eventos de Fitur 2004.<span id="more-121873"></span></p>
<p style="text-align: justify;"><a href="http://www.reporterosjerez.com/2015/09/24/el-supremo-abre-causa-contra-garcia-pelayo-por-el-caso-guertel/garcia-pelayo-6/" rel="attachment wp-att-121885"><img class="alignright size-medium wp-image-121885" title="garcia pelayo" src="http://www.reporterosjerez.com/wp-content/uploads/2015/09/garcia-pelayo-295x300.jpg" alt="" width="295" height="300" /></a></p>
<p style="text-align: justify;">En su auto de hoy la Sala de lo Penal del Supremo reconoce &#8220;la trascendencia de los indicios&#8221; que existen para implicar a García Pelayo. La decisión del Supremo supone que se abrirá una causa para decidir si se pide o no el suplicatorio contra García Pelayo quien, por ahora, probablemente declarará de manera voluntaria como imputada.</p>
<p style="text-align: justify;">El PP acordó el pasado mes de septiembre incluir a García Pelayo en la diputación permanente del Senado, por lo que seguirá siendo aforada cuando se disuelvan las Cortes ante la próxima convocatoria de elecciones generales. El fiscal del Supremo pidió el pasado martes al tribunal que investigara los indicios de irregularidades en las citadas adjudicaciones y la posible implicación de la exalcaldesa de Jerez en ellas.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>FITUR 2004</strong></p>
<p style="text-align: justify;">La Sala acepta la causa pero se pronuncia en contra de &#8220;los llamados macroprocesos&#8221; y, por tanto, renuncia a abrir un sumario general sobre el caso Fitur 2004. De este modo, limita la investigación a la senadora, sin querer hacerse cargo de la implicación en el caso de otras personas vinculadas a la trama Gürtel.</p>
<p style="text-align: justify;">El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata, instructor del caso Gürtel, elevó una exposición razonada al Supremo para que se hiciera cargo de esta parte de la investigación, al ostentar García Pelayo actualmente la condición de aforada.</p>
<p style="text-align: justify;">El juez apuntaba que García Pelayo podría haber cometido un delito de prevaricación continuada, ante la aparición de indicios &#8220;groseras irregularidades&#8221; en determinados contratos administrativos llevados a cabo por el Instituto de Promoción y Desarrollo de la Ciudad de Jerez (IPDC), un órgano participado por el Ayuntamiento de Jerez, para el desarrollo de Fitur 2004. Los expedientes presuntamente tramitados de forma irregular fueron el relativo a la adjudicación del stand de Fitur 2004, el de acondicionamiento para un espectáculo ecuestre en la Plaza Mayor de Madrid y otro de flamenco en los jardines de Cecilio Rodríguez del Parque del Retiro de la capital.</p>
<p style="text-align: justify;">Para el juez &#8220;todos estos actos y decisiones (&#8230;) trascendieron las meras ilegalidades. Su arbitrariedad fue patente y grosera (&#8230;) y desbordaron la legalidad de un modo evidente, flagrante y clamoroso&#8221;. De la Mata defendía que se imputara en el Supremo, además a García Pelayo, a otros siete implicados, entre ellos el líder de la trama Francisco Correa y el político popular Pablo Crespo, pero el Supremo, de acuerdo con el criterio del fiscal, le devuelve esa parte del caso al juez de la Audiencia Nacional.</p>
<p style="text-align: justify;">Aún así, el alto tribunal alaba la &#8220;detallada y bien articulada&#8221; exposición realizada por De la Mata. Además, apunta que las adjudicaciones se podrían haber hecho sin tener la competencia para ello y en virtud de acuerdos pactados con terceros y con simulación. La Sala explica que limita su investigación a la senadora porque son lamentables esos &#8220;macroproesos&#8221; basados en &#8220;la voracidad oficiosa de algunas instrucciones que recuerdan la implicación arrastrante de los ramos de cerezas&#8221;.</p>
<p style="text-align: justify;">En el presente caso, el auto recuerda que el delito de prevaricación que se atribuye a la aforada es un delito especial propio cuya imputación difiere de lo que se pueda imputar a los no aforados. Y respecto al otro delito, el de falsedad, también se puede investigar por separado.</p>
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		<title>El Ayuntamiento recurrirá dos sentencias que le atribuyen sendos despidos improcedentes</title>
		<link>http://www.reporterosjerez.com/2015/02/27/el-ayuntamiento-recurrira-dos-sentencias-que-le-atribuyen-despidos-improcedentes/</link>
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		<pubDate>Fri, 27 Feb 2015 14:32:35 +0000</pubDate>
		<dc:creator>reporteros</dc:creator>
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		<description><![CDATA[El Ayuntamiento ha informado que en este jueves 26 de febrero el Juzgado de lo Social número 1 ha notificado las primeras seis sentencias de los juicios individuales que se están desarrollando tras declarar el Tribunal Supremo “ajustado a derecho” el despido colectivo en el Ayuntamiento. En cuatro de las sentencias notificadas los despidos han <a href="http://www.reporterosjerez.com/2015/02/27/el-ayuntamiento-recurrira-dos-sentencias-que-le-atribuyen-despidos-improcedentes/">LEER M&#193;S</a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><a href="http://www.reporterosjerez.com/wp-content/uploads/2015/02/ERE11.jpg"><img class=" wp-image-113957 aligncenter" title="ERE11" src="http://www.reporterosjerez.com/wp-content/uploads/2015/02/ERE11.jpg" alt="" width="640" height="429" /></a></p>
<p style="text-align: justify;">El Ayuntamiento ha informado que en este jueves 26 de febrero el Juzgado de lo Social número 1 ha notificado las primeras seis sentencias de los juicios individuales que se están desarrollando tras declarar el Tribunal Supremo “ajustado a derecho” el despido colectivo en el Ayuntamiento. En cuatro de las sentencias notificadas los despidos han sido declarados procedentes. Estas sentencias corresponden a personal mayor de 59 años. En el caso de las otras dos sentencias, ambos despidos  han sido declarados improcedentes por entender que no se ha acreditado suficientemente la selección realizada.</p>
<p style="text-align: justify;">Ante estas últimas sentencias, y tras mostrar el  máximo respeto a las decisiones judiciales, el Gobierno confirma que el Ayuntamiento recurrirá ambas sentencias por seguir considerando que el sistema y los criterios aplicados fueron realizados siguiendo el procedimiento explicado en la Memoria del despido colectivo.</p>
<p style="text-align: justify;">El Ayuntamiento recuerda también que el Tribunal Supremo declaró “ajustado a derecho” el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) por “estimar suficientes los criterios invocados y por apreciar causa económica según la Disposición adicional Vigésimo del Estatuto de los Trabajadores, introducida por la ley 3/2012 a la vista de la situación económica-financiera del Ayuntamiento según los hechos declarados probados”. El ejecutivo recuerda también que “ésta fue una medida dolorosa que hubo que tomar ante la situación económica del Ayuntamiento, siendo absolutamente necesaria y realizándose cumpliéndose la ley y sin que se produjera arbitrariedad alguna”.</p>
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		<title>El Supremo rechaza la petición de Pacheco de aclarar la sentencia que eleva a cinco años y medio la pena que le han impuesto</title>
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		<pubDate>Mon, 20 Oct 2014 14:28:29 +0000</pubDate>
		<dc:creator>wjamison</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Nuevo mazazo judicial para el exalcalde Pedro Pacheco, que cada minuto que pasa tiene más complicado eludir su ingreso en prisión, algo que podría producirse en los próximos días, pese a que sus abogados ya han presentado una petición de indulto. Y es que la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rechazado aclarar <a href="http://www.reporterosjerez.com/2014/10/20/el-supremo-rechaza-la-peticion-de-pacheco-de-aclarar-la-sentencia-que-eleva-a-cinco-anos-y-medio-la-pena-que-le-ha-sido-impuesta/">LEER M&#193;S</a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Nuevo mazazo judicial para el exalcalde Pedro Pacheco, que cada minuto que pasa tiene más complicado eludir su ingreso en prisión, algo que podría producirse en los próximos días, pese a que sus abogados ya han presentado una petición de indulto. Y es que la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rechazado aclarar la sentencia que elevó a cinco años y medio de cárcel la condena impuesta a Pacheco por la contratación irregular como asesores de dos compañeros del Partido Socialista de Andalucía (PSA), que entonces era su partido, en empresas municipales, tal y como había solicitado éste en un recurso de aclaración. &#8220;Nada se omitió ni por tanto procede aclarar&#8221;, recoge el auto hecho público este lunes por el alto tribunal, al que le &#8220;sorprende&#8221; esa solicitud de aclaración. La sentencia es &#8220;clara&#8221;, según prosigue, en los tres aspectos en los que Pacheco pidió aclaración, y que se centraban en el nombre de los magistrados que componen el tribunal, la descripción de los hechos constitutivos del delito de falsedad y la pena a imponer. <a href="http://www.reporterosjerez.com/wp-content/uploads/2014/10/PACHEOJUICIO.jpg"><img class="alignright size-medium wp-image-104802" title="PACHEOJUICIO" src="http://www.reporterosjerez.com/wp-content/uploads/2014/10/PACHEOJUICIO-300x200.jpg" alt="" width="300" height="200" /></a></p>
<p>Así, el Supremo dice que en la primera página de la sentencia, como es práctica habitual, consta la identidad de los miembros que compusieron el Tribunal; que antes de los antecedentes de la sentencia, aparece la identidad del magistrado ponente y que también aparece la fecha y el lugar en el que se dictó la misma.</p>
<p>En cuanto a los hechos constitutivos de delito, señala que están descritos en los hechos probados de la sentencia de origen y son los que fueron admitidos íntegramente en el antecedente de la sentencia dictada por el Supremo. Respecto a ello, recuerda que la sentencia de instancia declara que existió un delito de falsedad en documento oficial continuado, pero que se estimaba como medio comisivo de la prevaricación por lo que lo entendió integrado dentro de dicha prevaricación, una tesis que no admitió el TS.</p>
<p>En cuanto al tercer aspecto sobre el que Pacheco pidió aclaración, el Supremo dice que &#8220;con toda claridad se dijo en el fundamento jurídico tercero de la segunda sentencia que en abstracto la pena era la mitad superior de la mitad superior del delito más grave, que era el de la falsedad continuada de documento oficial&#8221;.</p>
<p>Cabe recordar que la sentencia del Supremo, que fue hecha pública el 19 de septiembre, aumentó la la condena de cuatro años de prisión que la Audiencia Provincial de Cádiz le había impuesto a Pacheco a cinco y medio al considerarlo culpable de delitos de prevaricación administrativa, malversación de fondos públicos y falsificación de documentos oficiales.</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>El Tribunal Supremo eleva la pena a Pacheco a cinco años y medio de cárcel</title>
		<link>http://www.reporterosjerez.com/2014/09/19/condenan-a-pacheco-a-cinco-anos-y-medio-de-carcel/</link>
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		<pubDate>Fri, 19 Sep 2014 11:21:57 +0000</pubDate>
		<dc:creator>reporteros</dc:creator>
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		<description><![CDATA[El Tribunal Supremo ha elevado a cinco años y medio de cárcel la condena impuesta al exalcalde de Jerez e histórico dirigente andalucista Pedro Pacheco por la contratación irregular como asesores de dos compañeros del Partido Andalucista en empresas municipales. La Sala de lo Penal ha aumentado la condena de cuatro años de prisión que <a href="http://www.reporterosjerez.com/2014/09/19/condenan-a-pacheco-a-cinco-anos-y-medio-de-carcel/">LEER M&#193;S</a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.reporterosjerez.com/wp-content/uploads/2014/09/PACHEOJUICIO.jpg"><img class="size-full wp-image-102224 aligncenter" title="PACHEOJUICIO" src="http://www.reporterosjerez.com/wp-content/uploads/2014/09/PACHEOJUICIO.jpg" alt="" width="640" height="427" /></a></p>
<p style="text-align: justify;">El <strong>Tribunal Supremo</strong> ha elevado a cinco años y medio de cárcel la condena impuesta al exalcalde de Jerez e histórico dirigente andalucista <strong>Pedro Pacheco</strong> por la <strong>contratación irregular</strong> como asesores de dos compañeros del Partido Andalucista en empresas municipales.</p>
<p style="text-align: justify;">La Sala de lo Penal ha aumentado la condena de cuatro años de prisión que le impuso en un primer momento la Audiencia de Cádiz y le ha considerado <strong>culpable de delitos de prevaricación administrativa, malversación de fondos públicos y falsificación de documentos oficiales.</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Considera autores de estos ilícitos también a los exasesores andalucistas <strong>José López Benítez y Manuel Cobacho</strong>.  En el caso del primero, la pena  se eleva a 2 años y 10 meses y 15 días de prisión porque firmó dos contratos y en el de Manuel Valeriano Cobacho Márquez, la condena pasa de dos años y 3 meses a 2 años, 7 meses y 15 días porque solo intervino en uno.</p>
<p style="text-align: justify;">La Sala de lo Penal hace suyo el relato de hechos de la sentencia de instancia que declaró probado que el Pleno del Ayuntamiento de Jerez, el 18 de enero de 2005, nombró al personal eventual de confianza de los partidos políticos que lo componían y, en concreto, designó a dos personas por parte del PSA.</p>
<p style="text-align: justify;">El entonces Teniente de Alcalde, Pedro Pacheco, valiéndose de su puesto directivo en dos sociedades municipales y con la finalidad de conceder una prestación mensual a militantes de su partido, nombró como asesores a los otros dos condenados, sin contraprestación alguna, ordenando pagos por un total de 206.833,66. Unos nombramientos, según la sentencia, que trató de maquillar bajo la forma de contratos de asesoría o de naturaleza laboral utilizando las empresas municipales como si fueran suyas.</p>
<p style="text-align: justify;">El alto tribunal considera que Pedro Pacheco con su conducta causó un<strong> &#8220;claro&#8221; perjuicio para los intereses públicos de la colectividad en materia tan sensible como son los caudales públicos</strong>, pero también afirma que existió &#8220;un daño no por inmaterial menos efectivo y de claro contenido demoledor, constituido por la pérdida de confianza de la ciudadanía en sus instituciones&#8221;. En este sentido, recuerda que &#8220;nada lesiona más la credibilidad de los ciudadanos en sus instituciones que ver convertidos a sus representantes políticos en los vulneradores de la legalidad de la que ellos son los primeros custodios&#8221;.</p>
<p style="text-align: justify;">La sentencia asevera que &#8220;causa sonrojo&#8221; la alegación de la defensa de que creía que actuaba correctamente y rechaza esa tesis en la medida que el recurrente tiene titulación universitaria, ha sido jefe de un partido político y alcalde de Jerez.</p>
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		<title>&#8220;No podemos explicarnos que en Onda Jerez haya acuerdos para bajas voluntarias y en el caso del Ayuntamiento no&#8221;</title>
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		<pubDate>Thu, 24 Jul 2014 11:33:26 +0000</pubDate>
		<dc:creator>reporteros</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Foro Ciudadano de Jerez ha exigido a la alcaldesa, María José García-Pelayo, que tenga “decencia política y coherencia” y negocie la readmisión de afectados del ERE municipal. Después de conocerse en la misma semana el demoledor voto particular que incluye la sentencia del Tribunal Supremo y el informe de la Cámara de Cuentas, en el <a href="http://www.reporterosjerez.com/2014/07/24/no-podemos-explicarnos-que-en-onda-jerez-se-haya-llegado-a-acuerdos-para-bajas-voluntarias-y-en-el-caso-del-ayuntamiento-no/">LEER M&#193;S</a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><a href="http://www.reporterosjerez.com/wp-content/uploads/2014/07/ERE1111.jpg"><img class=" wp-image-98269 aligncenter" title="ERE111" src="http://www.reporterosjerez.com/wp-content/uploads/2014/07/ERE1111.jpg" alt="" width="640" height="429" /></a></p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Foro Ciudadano de Jerez</strong> ha exigido a la alcaldesa, <strong>María José García-Pelayo</strong>, que tenga “decencia política y coherencia” y negocie la readmisión de <strong>afectados del ERE municipal</strong>. Después de conocerse en la misma semana el demoledor voto particular que incluye la sentencia del Tribunal Supremo y el informe de la Cámara de Cuentas, en el que queda demostrado que el gobierno local manipuló los datos contables para “justificar lo injustificable”, el candidato a la Alcaldía de Foro, Raúl Ramírez, considera que por “pudor y pulcritud” el equipo popular debe “reconsiderar una decisión que se ha demostrado impropia y escandalosa” para una administración local. “No vale que seis magistrados del Tribunal Supremo se opongan al ERE e incluso lleguen a considerar su nulidad, y que el PP y Pelayo celebren el fallo de una sentencia que no es más que una victoria pírrica que solo añade sufrimiento para decenas de trabajadores públicos y para una ciudad que espera mucho más de sus representantes políticos”, ha entendido el alcaldable de Foro.</p>
<p style="text-align: justify;">A juicio de Ramírez, la sentencia del Supremo y el informe de un órgano externo independiente como es la Cámara de Cuentas abren un “nuevo escenario” que dejan al ERE municipal del PP en un terreno de “alegalidad” e “inmoralidad”. Es decir, “podrá haber contado con el beneplácito de ocho de los 14 magistrados de la sala del Supremo, pero entendemos que esto no debería ser suficiente tratándose de una administración público y de empleados al servicio de la ciudadanía”. En este sentido, ha reclamado a la alcaldesa que “rectifique” y “tenga un gesto de buena voluntad antes de verse sumida en un rosario de comparecencias judiciales con motivos de las demandas individuales que se abriría en los próximos meses”. De este modo, Raúl Ramírez ha explicado que “lo razonable, por ser de Justicia”, sería que la regidora popular y su equipo alcanzaran acuerdos de readmisión con aquellos afectados que verdaderamente desean volver a su puesto de trabajo y con aquellos que deseen abandonar el Ayuntamiento. Así las cosas, ha dicho, “no solo nos ahorraremos un largo calvario judicial a los afectados con sus demandas individuales, y con los consiguientes gastos para el Ayuntamiento, sino que verdaderamente podremos cerrar el  que probablemente sea el capítulo más negro, oscuro y dramático de la historia democrática municipal”.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>“No podemos explicarnos que en Onda Jerez, por ejemplo, se haya llegado a acuerdos para bajas voluntarias con 20 trabajadores y en el caso del Ayuntamiento no”</strong>, ha asegurado Ramírez, quien entiende que si Pelayo no es capaz de recoger este guante, “estará dando la razón a quienes pensamos que el ERE no tuvo criterios de ahorro, sino que simplemente escondía el deseo de poner en la calle a aquellos empleados públicos que no comulgan con la ideología de la derecha más extrema que gobierna esta ciudad”. En última instancia, el candidato de Foro ha mantenido que “la señora alcaldesa todavía dispone de una última bala para dejar la Alcaldía en mayo del año que viene con algo de dignidad política, para lo que es imprescindible que a la vuelta de sus vacaciones de verano pida disculpas por tanto daño causado a los afectados y a la ciudad, y tenga la talla suficiente como para dar marcha atrás y negociar la readmisión de aquellos afectados por el ERE que sí desean volver a sus puestos de trabajo”. Por descontado, Ramírez insiste en mantener el compromiso de la organización a la que representa de readmitir a aquellos afectados que ganen sus demandas individuales con la declaración de la improcedencia o nulidad de sus despidos. Un asunto, el segundo, que “cobra mucha más fuerzas a tenor del contenido del voto particular en la sentencia emitida a las partes por el Supremo”.</p>
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		<title>Seis de los 14 magistrados del Supremo no respaldaron el ERE del Ayuntamiento</title>
		<link>http://www.reporterosjerez.com/2014/07/23/seis-de-los-14-magistrados-del-supremo-no-apoyan-la-sentencia-del-ere-del-ayuntamiento/</link>
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		<pubDate>Wed, 23 Jul 2014 15:24:32 +0000</pubDate>
		<dc:creator>wjamison</dc:creator>
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		<description><![CDATA[El Tribunal Supremo ha comenzado a notificar la sentencia que respaldó el ERE (Expediente de Regulación de Empleo) del Ayuntamiento de Jerez que afectó a 260 trabajadores. Cabe recordar que la decisión se conocía desde hace algo más de un mes, cuando se reunió la sala para valorar los recursos presentados a la sentencia del <a href="http://www.reporterosjerez.com/2014/07/23/seis-de-los-14-magistrados-del-supremo-no-apoyan-la-sentencia-del-ere-del-ayuntamiento/">LEER M&#193;S</a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.reporterosjerez.com/wp-content/uploads/2014/07/ERE111.jpg"><img class="aligncenter size-full wp-image-98202" title="ERE11" src="http://www.reporterosjerez.com/wp-content/uploads/2014/07/ERE111.jpg" alt="" width="800" height="536" /></a></p>
<p>El Tribunal Supremo ha comenzado a notificar la sentencia que respaldó el ERE (Expediente de Regulación de Empleo) del Ayuntamiento de Jerez que afectó a 260 trabajadores. Cabe recordar que la decisión se conocía desde hace algo más de un mes, cuando se reunió la sala para valorar los recursos presentados a la sentencia del TSJA (Tribunal Superior de Justicia de Andalucía) que en primera instancia declaró no ajustado a derecho. Lo que ahora se ha conocido son los detalles del razonamiento del Supremo, así como la votación de los magistrados. Y lo cierto es que ha causado sorpresa en muchos de los que han tenido acceso a la misma, sobre todo porque convierte lo que parecía un &#8216;triunfo&#8217; rotundo del gobierno municipal en la defensa de sus argumentos para el ERE en una victoria por la mínima y, según parece, obtenida no sin un intenso debate entre los magistrados.<a href="http://www.reporterosjerez.com/wp-content/uploads/2014/07/sentencia-ERE.png"><img class="alignright size-medium wp-image-98201" title="sentencia ERE" src="http://www.reporterosjerez.com/wp-content/uploads/2014/07/sentencia-ERE-200x300.png" alt="" width="200" height="300" /></a></p>
<div>Así, llama la atención que no hubiese unanimidad en el fallo. Más bien todo lo contrario. Podría decirse, de hecho, que el resultado de la votación fuese tan ajustado. Y es que de los 14 magistrados, seis han emitido un voto particular respaldando la tesis que utilizó el TSJA para declarar el ERE &#8220;no ajustado a derecho&#8221;, considerando, por tanto, que hubo &#8220;arbitrariedad&#8221; en la selección del personal que le afectó el expediente de regulación de empleo.</div>
<div></div>
<div>Pese a todo, la sentencia considera en sus conclusiones que los criterios de selección es un aspecto que no debe analizarse en una demanda por un despido colectivo, sino una vez que cada afectado presente su denuncia particular ante el Juzgado de lo Social. Queda abierta, por tanto, una puerta a la esperanza de los trabajadores que en su día presentaron también demandas individuales. Ahora aguardan con expectación los resultados de las mismas.</div>
<div></div>
<div>Aun así, la sentencia, a la que ha tenido acceso REPORTEROS JEREZ, es rotunda en algunas consideraciones. Así, por ejemplo, el magistrado Fernando Salinas Molina, en la argumentación de su voto, a la que se adhieren Luis Fernando de Castro Fernández, Jordi Agustí Juliá, María Luisa Segoviano Astaburuaga, Rosa María Virolés Pîñol y Manuel Ramón Alarcón Caracuel, dice textualmente lo siguiente: &#8220;<strong>De los hechos declarados probados de la sentencia de instancia, inalterados en suplicación, de los que, entiendo, se deduce la evidente inconcreción o generalidad de los criterios de selección de los trabajadores afectados decididos por la empresa con reflejo directo en la aplicación de los mismos</strong>&#8220;.</div>
<div></div>
<div>En otro punto de su argumentación dice también que &#8220;<strong>el despido colectivo impugnado debería haberse declarado nulo dada la generalidad y la falta de especificación de los criterios de selección de los trabajadores afectados -en especial de los denominados criterios de evaluación continua-, pues ante tal imprecisión los representantes de los trabajadores no pudieron conocer durante el periodo de consultas este dato esencial para la negociación sobre, como mínimo, las posibilidades de evitar o reducir los despidos colectivos y de atenuar sus consecuencias&#8230;.y ante tal ausencia de criterios de selección ciertos el proceso de negociación queda viciado de forma trascendente y debería haber generado, no solamente la posible declaración de injustificada de la decisión extintiva empresarial como se efectúa en la sentencia de instancia ahora impugnada, sino su nulidad de pleno derecho por inexistencia real de la posibilidad de verdadera negociación</strong>&#8220;.</div>
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		<title>El Tribunal Supremo declara &#8220;ajustado a derecho&#8221; el ERE en el Ayuntamiento</title>
		<link>http://www.reporterosjerez.com/2014/06/18/el-tribunal-supremo-declara-ajustado-a-derecho-el-ere-en-el-ayuntamiento-de-jerez/</link>
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		<pubDate>Wed, 18 Jun 2014 14:40:59 +0000</pubDate>
		<dc:creator>reporteros</dc:creator>
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		<description><![CDATA[La Sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS) ha convalidado este miércoles la extinción colectiva de contratos en el Ayuntamiento de Jerez, al entender que existe &#8220;causa económica por insuficiencia presupuestaria y financiera&#8221; según la Ley 3/2012. En un comunicado, el TS recuerda que en el recurso relativo al expediente de regulación de empleo (ERE), <a href="http://www.reporterosjerez.com/2014/06/18/el-tribunal-supremo-declara-ajustado-a-derecho-el-ere-en-el-ayuntamiento-de-jerez/">LEER M&#193;S</a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><a href="http://www.reporterosjerez.com/wp-content/uploads/2014/06/erejerez.jpg"><img class=" wp-image-95242 aligncenter" title="erejerez" src="http://www.reporterosjerez.com/wp-content/uploads/2014/06/erejerez.jpg" alt="" width="614" height="427" /></a></p>
<p style="text-align: justify;">La<strong> Sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS)</strong> ha convalidado este miércoles la extinción colectiva de contratos en el <strong>Ayuntamiento de Jerez,</strong> al entender que existe &#8220;causa económica por insuficiencia presupuestaria y financiera&#8221; según la Ley 3/2012. En un comunicado, el TS recuerda que en el recurso relativo al expediente de regulación de empleo (ERE), que <strong>afectó a 260 trabajadores sobre un total de 1.305</strong>, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) había declarado no ajustado a derecho el cese por insuficiencia de los criterios de selección de los afectados.</p>
<p style="text-align: justify;">El Supremo ha estimado el recurso presentado por el Consistorio jerezano y declara &#8220;ajustado a derecho&#8221; el despido por estimar &#8220;suficientes&#8221; los criterios invocados y por apreciar causa económica según la Disposición Adicional Vigésima del Estatuto de los Trabajadores introducida por la Ley 3/2012.</p>
<p style="text-align: justify;">Esto es<strong> insuficiencia presupuestaria</strong> sobrevenida y persistente para la financiación de los servicios públicos correspondientes, a la vista de la situación económico-financiera del Ayuntamiento según los hechos declarados probados.</p>
<p style="text-align: justify;"><span style="text-align: justify;">El Gobierno local considera &#8220;muy importante&#8221; que la sala de lo social del Tribunal Supremo haya estimado y declarado &#8220;ajustado a derecho&#8221; el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) en el Ayuntamiento de Jerez. En el comunicado remitido por el Tribunal Supremo al Ayuntamiento de Jerez y enviado a los medios de comunicación, se admite el recurso contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucia (TSJA) &#8220;por estimar suficientes los criterios invocados y por apreciar causa económica según la Disposición Adicional Vigésimo del Estatuto de los Trabajadores introducida por la ley 3/2012 a la vista de la situación económica-financiera del Ayuntamiento según los hechos declarados probados&#8221;.</span></p>
<p style="text-align: justify;">El Ejecutivo recuerda que <strong>&#8220;ésta fue una medida dolorosa que hubo que tomar ante la situación económica del Ayuntamiento de Jerez</strong>,<strong> siendo absolutamente necesaria y no arbitraria&#8221;</strong>. A la espera de que se notifique la sentencia, el Gobierno local destaca la importancia de la decisión del Tribunal Supremo ya que evidencia &#8220;que el ERE fue ajustado a derecho, y que, por tanto, este se hizo cumpliendo la ley, sin que se produjese arbitrariedad alguna&#8221;.</p>
<p style="text-align: justify;">El Gobierno local lamenta &#8220;las descalificaciones vertidas por los partidos de la oposición desde que se conociera la sentencia del TSJA&#8221; y pide &#8220;respeto&#8221; en un asunto tan serio como es el tener que haber realizado un ERE en el Ayuntamiento &#8220;por una situación que podía haberse evitado si los gobiernos anteriores hubieran gestionado con control del gasto&#8221;.</p>
]]></content:encoded>
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		<item>
		<title>Aumentan hasta 6 los años de cárcel la pena solicitada para Pacheco por el &#8216;caso de los asesores&#8217;</title>
		<link>http://www.reporterosjerez.com/2014/06/11/fiscalia-incrementa-hasta-los-6-anos-de-carcel-la-pena-solicitada-para-pacheco-por-el-caso-de-los-asesores/</link>
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		<pubDate>Wed, 11 Jun 2014 14:20:15 +0000</pubDate>
		<dc:creator>wjamison</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Tal como ya avanzó REPORTEROS JEREZ en su día, este miércoles era el día elegido por el Tribunal Supremo para celebra la vista del recurso que el exalcalde Pedro Pacheco presentó contra la condena a cuatro años y medio por prevaricación y malversación que le impuso la Audiencia de Cádiz, pena que de ser confirmada <a href="http://www.reporterosjerez.com/2014/06/11/fiscalia-incrementa-hasta-los-6-anos-de-carcel-la-pena-solicitada-para-pacheco-por-el-caso-de-los-asesores/">LEER M&#193;S</a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Tal como ya avanzó REPORTEROS JEREZ en su día, este miércoles era el día elegido por el Tribunal Supremo para celebra la vista del recurso que el exalcalde Pedro Pacheco presentó contra la condena a cuatro años y medio por prevaricación y malversación que le impuso la Audiencia de Cádiz, pena que de ser confirmada supondría su ingreso en prisión. La decisión, sin embargo, no se conocerá hasta dentro de posiblemente un par de semanas, a no ser que se produzca antes una filtración, algo muy poco probable tratándose del órgano judicial del que se trata. <a href="http://www.reporterosjerez.com/wp-content/uploads/2014/06/Pacheco-Juicio11.jpg"><img class="alignright size-medium wp-image-94611" title="Pacheco-Juicio11" src="http://www.reporterosjerez.com/wp-content/uploads/2014/06/Pacheco-Juicio11-300x199.jpg" alt="" width="300" height="199" /></a></p>
<p>En la vista, que ha durado aproximadamente una hora, ha saltado la sorpresa cuando Fiscalía ha reclamado que se aumente la pena hasta los seis años de prisión, ya que considera que Pacheco también cometió un tercer delito, en este caso de falsedad documental.</p>
<p>Cabe recordar que la sección octava de la Audiencia Provincial de Cádiz condenó en mayo del año pasado al exalcalde de Jerez y entonces concejal de Foro Ciudadano, Pedro Pacheco, a cuatro años y medio de prisión como autor penalmente responsable de un delito continuado de prevaricación y malversación de caudales públicos en el conocido como &#8216;caso de los asesores&#8217; por &#8217;enchufar&#8217; a dos compañeros de partido en sociedades municipales.</p>
]]></content:encoded>
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		<title>El Tribunal Supremo decidirá el 11 de junio si manda a prisión a Pedro Pacheco</title>
		<link>http://www.reporterosjerez.com/2014/05/28/el-tribunal-supremo-decidira-el-11-de-junio-si-manda-a-prision-a-pedro-pacheco/</link>
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		<pubDate>Wed, 28 May 2014 14:33:51 +0000</pubDate>
		<dc:creator>wjamison</dc:creator>
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		<description><![CDATA[El Tribunal Supremo celebrará este próximo 11 de junio, dentro de apenas dos semanas, la vista del recurso que el ex alcalde Pedro Pacheco presentó contra la condena a cuatro años y medio que le impuso la Audiencia de Cádiz, pena que de ser confirmada supondría su ingreso en prisión. Cabe recordar que la sección <a href="http://www.reporterosjerez.com/2014/05/28/el-tribunal-supremo-decidira-el-11-de-junio-si-manda-a-prision-a-pedro-pacheco/">LEER M&#193;S</a>]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El Tribunal Supremo celebrará este próximo 11 de junio, dentro de apenas dos semanas, la vista del recurso que el ex alcalde Pedro Pacheco presentó contra la condena a cuatro años y medio que le impuso la Audiencia de Cádiz, pena que de ser confirmada supondría su ingreso en prisión. Cabe recordar que la sección octava de la Audiencia Provincial de Cádiz condenó el pasado mes de mayo a Pacheco a esa pena por considerar que estaba probado que era autor penalmente responsable de un delito continuado de prevaricación y malversación de caudales públicos. <a href="http://www.reporterosjerez.com/wp-content/uploads/2014/05/Pacheco+Lopez.jpg"><img class="alignright size-medium wp-image-93240" title="Pacheco+Lopez" src="http://www.reporterosjerez.com/wp-content/uploads/2014/05/Pacheco+Lopez-300x200.jpg" alt="" width="300" height="200" /></a></p>
<p>Pedro Pacheco y el también condenado José López se mantuvieron como concejales en el Ayuntamiento de Jerez en representación de Foro Ciudadano pese a dicha sentencia (que imponía la pena de dos años y medio de prisión al segundo), y a pesar de que Pacheco fue igualmente condenado a ocho años de inhabilitación para el ejercicio de empleo o cargo público.</p>
<p>La condena se basa en la contratación irregular en 2005 de dos compañeros del PSA, José López y Manuel Cobacho, en calidad de asesores, en diferentes empresas municipales. Considera probado que esas incorporaciones se realizaron al margen de los acuerdos del Pleno municipal, sin concurrencia ni publicidad y sin que fueran publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.</p>
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