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Condenado a 7 años y 8 meses de cárcel por maltratar de forma habitual a su ex mujer y a su hija menor de edad


Es un viejo conocido de la justicia jerezana puesto que, desde que su ex pareja se trasladara a esta ciudad, el conocido como ‘Papá Huelva’ ha emprendido una cruzada contra ella en los juzgados durante la que no ha dejado títere con cabeza y ha acabado condenado hasta en tres ocasiones por calumniar a dos magistrados. Ahora, el Juzgado de lo Penal número 1 tampoco le ha dado la razón en la última de las batallas judiciales, considerándolo autor de varios delitos y faltas infringidos sobre su ex y su hija, menor de edad, y por lo que deberá cumplir una pena de 7 años y 8 meses de cárcel.

Como consta en la sentencia, Mariano O. T. estuvo casado con la perjudicada de 1996 a 2001, año en que se produjo la separación matrimonial. Posteriormente, ella se trasladó a Jerez (residían en Huelva) con la hija de ambos, sobre quien tenía la guardia y custodia. A raíz de la ruptura y siempre según el fallo judicial, el condenado comenzó a maltratar psicológicamente a su ex pareja y también a su hija, llegando a infringirle a esta última malos tratos físicos. La sentencia está repleta de ejemplos en los que se ponen de manifiesto la violencia ejercida, con continuos insultos y amenazas a ambas, tanto a través de conversaciones telefónicas como en persona.

Entre otros, el individuo hostigaba continuamente a la menor asegurándole que cuando se topara en el punto de encuentro familiar con la madre de ésta, a la que tachaba de “golfa, subnormal y choriza”, le iba a “rajar como un cochino” u otras lindezas con expresiones soeces. Todo un rosario de despropósitos en el que se cruzaron las denuncias y que conllevó la detención del sujeto en una ocasión, en la que se le intervino un cuchillo de grandes dimensiones. La gota que colmó el vaso se produjo el 2 de marzo de 2007, cuando el condenado intentó llevarse a su hija por la fuerza del domicilio de la abuela, propinándole patadas y guantazos al tiempo que le dedicaba los mismos insultos que a su madre. La anciana, que intentó interponerse, también resultó golpeada.

Por todos estos hechos, el juez le ha condenado a 7 años y 8 meses de prisión como autor de un delito de maltrato psíquico y físico habitual sobre su ex conyúge y su hija; tres delitos de amenazas; cinco faltas de injurias; un delito de quebrantamiento de medida cautelar; un delito de malos tratos en el ámbito de la violencia doméstica y una falta de amenazas. Además, no podrá acercarse a su ex en 7 años y 6 meses y a su hija en 11, ni podrá tener o llevar armas durante 10 años. A modo de indemnización, deberá pagarles 13.000 euros a ambas por los daños morales ocasionados.

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La Federación de Peñas condena los incidentes en Chapín


La Federación de Peña del Xerez ha reaccionado ante los hechos ocurridos anoche en las cercanías del Municipal de Chapín y ha querido “condenar” los incidentes contra los jugadores del Xerez a su llegada de Huelva. Leer noticia completa

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El juez reduce la pena de dos años a seis meses de cárcel a un joven que agredió a otro con un vaso


El año ha empezado bien para Moisés C. L., condenado por agredir a otro joven con un vaso de cristal, ya que la Audiencia Provincial de Jerez ha aceptado parcialmente el recurso interpuesto por su abogado contra la sentencia dictada en su día por el Juzgado de lo Penal número 1. En virtud de ello, el juez ha decidido rebajar la pena de dos años a seis meses de cárcel por un delito de lesiones, mediante la eliminación del agravante de utilización de instrumento peligroso. Como consta en la sentencia, a la que este medio ha tenido acceso, los hechos ocurrieron el 25 de diciembre de 2009 en el pub Bitter, ubicado en la calle Sedería.

Allí se inició una discusión entre la víctima y otras personas, motivada por el hecho de que el joven agredido hubiera entrado por error en el servicio de señoras. En el transcurso de la pelea, Moisés C. L. le arrojó un vaso de cristal que le impactó en la cabeza y el rostro. Ello le provocó daños para cuya curación requirió varios puntos de sutura, por lo que le ha quedado un ligero perjuicio estético. Como recuerda el juez, por este episodio el procesado fue condenado en octubre de 2011 a dos años de prisión, por un delito de lesiones agravado por la utilización de un instrumento peligroso.

Ahora, sin embargo, a raíz del recurso de la defensa el magistrado entiende que el citado agravante no existió, al considerar que no está probado que estuviera en el ánimo del agresor usar ese vaso que ya debía de tener de antemano como arma, por lo que fue lo primero que utilizó y no lo buscó expresamente para cometer la acción. Es por eso que la condena se ha rebajado a seis meses, si bien el juez ha estimado la apelación solo parcialmente y no cree que se haya vulnerado la presunción de inocencia del imputado, como así lo esgrimía la defensa.

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Condenado a tres años y medio el joven que protagonizó un ‘rally’ persiguiendo a su ex novia


Persiguió a su ex novia sobre la que tenía una orden de alejamiento por todo Jerez y a toda pastilla en un vehículo al más puro estilo de los rally, colisionando con el de ella y poniendo en riesgo su vida y la de sus acompañantes. Ahora, el juez le ha condenado a tres años y medio de cárcel por haber incurrido en varios delitos durante su hazaña. En la sentencia, a la que Reporteros Jerez ha tenido acceso, se explica cómo el 27 de octubre de 2009 Luis I. M., haciendo caso omiso de la prohibición de acercarse a su ex, circulaba en su Audi por la conocida como cuesta de los pitufos cuando observó que ella lo hacía en otro turismo en compañía de otras tres personas.

Al momento, emprendió una persecución “de forma temeraria” por toda la ciudad, llegando incluso a embestir al otro vehículo por la parte trasera en varias ocasiones, intimidando a sus ocupantes. A consecuencia de ello, la chica presentó problemas cervicales y dolor en un hombro, y el resto de sus acompañantes lesiones similares certificadas por el médico forense. Asimismo, el turismo en el que viajaban sufrió daños valorados en unos 400 euros. Según el juez, Luis I. M. incurrió en primer lugar en un delito de conducción temeraria (no hay que olvidar que carecía de carné en el momento de los hechos), por lo que le ha condenado a un año y medio de cárcel; otro delito de maltrato sobre su ex pareja, con un año de prisión, y uno de coacciones sobre todos los ocupantes del vehículo con otro año de cárcel.

Con respecto a todos ellos, además, le pesa una orden de alejamiento junto al pago de cuatro multas por tres faltas de lesiones y una de daños sobre el otro turismo. Por último, el condenado deberá abonar 4.110 euros a las víctimas, en concepto de indemnizaciones por las lesiones físicas y el perjuicio ocasionado al coche de éstas. La defensa del procesado, como ha sabido este medio, tiene intención de recurrir la sentencia por considerarla desproporcionada conforme a los hechos ocurridos.

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Nace un nuevo delincuente


Son cada vez más, y lo peor es que muchos dudan de que el sistema esté preparado para afrontar las peculiaridades de estos ‘nuevos delincuentes’. De un tiempo a esta parte, parecen haberse multiplicado las personas que delinquen y a las que se les diagnostica una enfermedad mental, lo que obliga a que se les trate de una manera concreta teniendo en cuenta su especificidad. Fuentes de la Fiscalía han confirmado a este medio que en los últimos años se ha producido un aumento más que considerable de delitos cometidos por enfermos mentales que para colmo reinciden una y otra vez sin que nadie termine de solucionar el problema. Esta circunstancia, no obstante, no resulta casual: detrás de todo ello se esconde una explicación tan simple como el hecho de que la droga haya influido decisivamente en la aparición de este fenómeno.

Mauricio Lorente es médico forense del Instituto de Medicina Legal de Cádiz y profesor del departamento de Medicina Legal de la UCA. Como ha explicado a este medio, mientras que hace no mucho la heroína era la reina del consumo, ahora la cocaína se ha alzado como líder indiscutible con todo lo que ello conlleva. “Mientras que la heroína producía un efecto de somnolencia y en grandes dosis, claro está, podía provocar la muerte, la cocaína lo que produce son conductas agresivas que mezcladas con alcohol son aún más peligrosas y provocan una tremenda impulsividad. Como consecuencia de ello está el cocaetileno, un compuesto que se forma en el cuerpo y  y que es como una bomba. Muchas veces ése es el origen de conductas de violencia de género, robos, peleas y desafíos a la autoridad, que es lo que más se está dando”.

En este sentido, una de las cuestiones que más preocupa al profesional es la tolerancia social que este tipo de consumo está originando, asociado cada vez más a lo lúdico y que desafortunadamente acaba provocando un trastorno mental incluso en personas muy jóvenes. Esto da lugar, a su vez, a otro problema de tipo asistencial y legal. Como argumenta Lorente, la merma en las capacidades mentales puede conllevar hasta la inimputabilidad, que surge cuando alguien no sabe lo que hace o no puede controlar sus impulsos. En estos casos extremos, el sistema cuenta con los centros psiquiátricos penitenciarios donde los delincuentes son ingresados y se les trata según su trastorno. Pero, ¿qué sucede con el resto de casos?

¿Están desamparados?

Aquí es donde surge la controversia. Según el especialista, la ley recoge un régimen judicial diferente para estas personas, empezando por que el juez les puede suspender la condena por un tiempo mientras les exige que se sometan a una terapia. En los delitos más leves, incluso, la pena directamente puede ser sustituida por otras medidas que incluyan por ejemplo un tratamiento farmacológico. La dificultad se presenta cuando estos enfermos no tienen quién les haga un seguimiento y se cerciore de que cumplen con lo pactado; también puede suceder que aún disponiendo de ese apoyo, las personas de su alrededor se vean incapaces de tutelar hasta ese punto a un adulto.

Éste fue el caso, por ejemplo, de un chico marroquí recién salido del centro de menores que no hacía sino delinquir una y otra vez, a través de hurtos y delitos no graves. El joven tenía diagnosticada una enfermedad mental, por lo que la cárcel no era preceptiva, pero tampoco en libertad lograba seguir un tratamiento. Ante este tipo de coyunturas, el doctor Lorente reconoce que quizá aún no se haya dado en el clavo para solventar el problema. Antiguamente existían los llamados manicomios, que a su juicio suponían una forma cruel de aislamiento de los enfermos, que en ningún caso les beneficiaba. Hoy en día, estos centros no existen pero el ‘libre albedrío’ en el que parece dejarse al paciente tampoco resuelve el problema. De momento, la solución continúa en el aire.

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Condenan a diez años y medio de cárcel al autor del crimen de la trituradora de marihuana


Adrián S. F. pasará diez años y medio en la cárcel por el conocido como crimen de la trituradora de marihuana. Hace unas semanas el jurado popular decretó la culpabilidad del joven de un delito de homicidio, y ahora el juez ha dictado su sentencia con la citada pena. En el fallo judicial, al que Reporteros Jerez ha tenido acceso, se explica cómo el15 de octubre de 2010 la víctima, Francisco C. B., llegó a la barriada rural de Las Tablas en busca de una trituradora de marihuana que reclamaba al condenado. Entonces se produjo una discusión entre ambos, tras lo que Adrián se dirigió a su domicilio y desde allí llamó a otro amigo para que acudiera a calmar a Francisco.

Mentras ello sucedía, éste se encontraba en el exterior de la vivienda gritando e increpando a Adrián, llegando a amenazarlo con darle muerte y mostrando una actitud violenta. Dos amigos llegaron en ese momento e intentaron apaciguarlo sin éxito, al igual que el padre del condenado que salió de la casa con el mismo fin. Siempre según el juez, “la pelea previa, las amenazas reiteradas de muerte y la imposibilidad de que sus amigoss y su propio padre consiguieran que Francisco se marchara, fueron provocando un estado de furia en Adrián”. Todo ello, agravado por el hecho de que el chico era consumidor crónico de hachís y mariuhana, desencadenó el fatal desenlace cuando salió del interior de su vivienda en actitud agresiva e hirió a Francisco con un cuchillo carnicero.

Al recibir varias puñaladas, la víctima no logró sobreponerse y falleció a las pocas horas en el hospital, a donde lo había trasladado uno de los amigos que presenciaron el suceso. En la sentencia, el magistrado afirma que el agresor se daba cuenta de lo que hacía cuando cometió esta atrocidad e incluso era consciente de que, en la forma en la que utilizó el cuchillo y de manera reiterada, podía causar la muerte del otro joven. Con posterioridad, él mismo llamó a la Policía y reconoció los hechos, a pesar de que en el juicio declaró no acordarse de nada.

Como se ha mencionado al principio, Adrián S. F. ha sido condenado por este delito de homicidio a diez años y medio de cárcel con los atenuantes de confesión y drogadicción. Además, deberá indemnizar a los padres de la víctima con la cantidad de 180.000 euros, abonando las costas derivadas del procedimiento.

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